BIEN JCO: libertad ambulatoria o deambulatoria (reclusos, menores e incapaces).
TIPO BÁSICO: 1) Regulación: art. 163.1CP (prisión 4 a 6 años). 2) Sujeto activo: particular (funcionario público). 3) Sujeto pasivo:cualquier persona (art.487CP). 4) Acción típica: encerrar o detener (privar libertad lugar cerrado o inmovilizar lugar abierto). Consentimiento: conducta atípica. Delito permanente (consumación: sujeto queda privado de libertad).
TIPO ATENUADO: 1º) Detención dure > 3 días. Puesta libertad voluntaria (art.163.2CP pena inferior en grado). 2º) Aprehensión persona presentarla a la autoridad fuera casos permitidos por leyes (art.490 y 492LECr.). Art.163.4CP multa 3 a 6 meses.
TIPO AGRAVADO (5): 1º) Art.163.3CP penas 5 a 8 años prisión detención sobrepasa 15 días duración. 2º) Secuestro art.164CP prisión 6 a 10 años. Condición poner libertad sujeto pasivo. Agravado más 15 días. Atentado no más 3 días. (Caso Ana Isabel Segura 1993). 3º) Art.165CP penas mitad superior simulación autoridad o función pública o víctima menor edad, incapaz o funcionario público en ejercicio sus funciones. 4º) Art.166CP detención o secuestro con desaparición víctima. 5º) Art.167CP autoridad o funcionario público comete hechos delictivos detención fuera casos permitidos por la ley. (Si hay delito pero ejecución fuera contraria ley art.530CP y ss.)
ACTOS PREPARATORIOS: Art.168CP castiga conspiración, proposición o provocación.
BIEN JCO: Libertad en su dimensión de formación de la voluntad.
DTO AMENAZAS MAL CONSTITUTIVO DTO: ART.169 Y 170 CP amenazar sujeto causarle mal a él, su familia u otras personas que constituye dto. Amenaza anuncio mal serio, creíble, futuro y dependiente voluntad anuncio concreto. Art.169CP numerus clausus: homicidio, lesiones, aborto, contra libertad, torturas, contra integridad moral, libertad sexual, intimidad, honor, patrimonio y orden socioeconómico. Condicional: art.169.1CP exigiendo cantidad o imponiendo otra condición aunque sea lícita y hubiera conseguido su propósito se agrava pena sino se rebaja a no ser que sean por escrito, teléfono, medio facilite publicidad o en nombre entidades o grupos reales o supuestos.NO CONDICIONAL: rebaja pena. Art,170CP Amenaza terrorista tb cuando se reclame públicamente comisión acciones violentas por parte organizaciones o grupos terroristas.AMENAZAS DE UN MAL NO CONSTITUTIVO DE DELITO: art.171CP condicional y condición no consista en una conducta debida por parte sujeto pasivo. Art.171.2CP chantaje amenaza revelar o difundir hechos vida privada o conocidos afecten fama, crédito e interés exigiéndole cantidad o recompensa de contenido económico. Art.171.3CP especie excusa absolutoria revelar comisión delito y en chantaje sin pena delito revelar pena inferior 2 años si fuera superior rebajar en 1 o 2 grados.AMENAZAS ÁMBITO FAMILIAR:Art.171.4 CP amenaza leve esposa, mujer o haya estado ligada por análoga relación de afectividad aún sin convivencia o persona vulnerable que conviva con el autor. Legislador elevó a delitos estas amenazas leves como realizada con armas u otros instrumentos peligrosos sujetos pasivos art.173.2CP. Amenaza violencia género y violencia doméstica agrava presencia menores, domicilio común o víctima o quebrantando penas o medidas de seguridad. Art.171.6CP discresionalidad al juez rebajar pena en 1 grado atendiendo circunstancias hecho.FALTA AMENAZAS: art.620CP amenacen modo leve otros con armas o instrumentos peligrosos art.620.2CP.
Art.172CPBIEN JCO: libertad en su manifestación de capacidad obrar sujeto
DETENCIONES ILEGALES
AMENAZAS
COACCIONES
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