5.4. Recepción de los medicamentos La finalidad de la recepción es garantizar que la remesa entrante es correcta, que los medicamentos proceden de proveedores autorizados y que, a simple vista, no han sido dañados durante el transporte. Debe darse prioridad a los medicamentos que requieran un almacenamiento o medidas de seguridad especiales y que, una vez que se hayan llevado a cabo los controles adecuados, deben transferirse inmediatamente a instalaciones de almacenamiento adecuadas. Los lotes de medicamentos destinados a la UE y a los países del EEE no deben transferirse a las existencias vendibles hasta que se haya obtenido la garantía, de conformidad con los procedimien tos escritos, de que su venta está autorizada. En el caso de lotes procedentes de otro Estado miembro, antes de que sean trans feridos a las existencias vendibles, el acta de control a que se refiere el artículo 51, apartado 1, de la Directiva 2001/83/CE u otra prueba de la comercialización en cuestión basada en un sistema equivalente deben ser verificadas cuidadosamente por personal debidamente formado.
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