El término FUNCIÓN PÚBLICA puede ser visto desde tres perspectivas, las cuales conforman globalmente el concepto objeto de estudio:-General: desde este sentido, usamos la acepción estudiada para referirnos a aquellas actividades que se encuentran exclusivamente en cabeza del Estado.-Recurso Humano: También se entiende como función pública, las acciones desempeñadas por los funcionarios públicos, los cuales representan el Estado.-Relación Laboral: Desde la órbita de las relaciones suscitadas entre el Estado como empleador y los servidores públicos en su condición de subordinados.Después de la edición.ME pareció muy completa esta definición que encontré:La función Pública puede entenderse como el conjunto de la Administración pública; la actividad de los funcionario públicos; o bien toda la actividad que realiza el Estado.En este caso, tales funciones públicas pueden ser realizadas por el Estado por razón de que la Ley las pone a su cargo o al menos prevé su realización en un Estado de Derecho o bien por la voluntad unilateral o Soberana de un Estado que no se rige por tales normas en el caso de las monarquías absolutas. El Estado puede realizarlas de manera directa o de manera indirecta, mediante la participación de particulares (ya sean concesiones, obra pública y sus contrataciones u otros tipos de relación de trabajo o servicios).La condición jurídica de estas relaciones tiene distintas peculiaridades según las legislaciones o la aplicación de estatutos previamente definidos, que matizan los actos unilaterales del Estado e introducen distintos tipos de expresión de la voluntad del trabajador o prestatario de los servicios. El tipo de acto contractual o cláusulas limitadoras se han calificado de actos de condición o de unión más que de adhesión, dado que la capacidad negociadora de las partes está interferida por cuestiones que pueden tener incluso consecuencias constitucionales.Fuente: Wikipedia.
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