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El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.
Explicación:Aquí nos encontramos con el cese del Gobierno:• Tras unas elecciones generales (al acabar su legislatura, artículo 99 CE)• Pérdida de la confianza parlamentaria (cuestión de confianza artículo 112 CE, moción de censura artículo 113 CE). • Dimisión o fallecimiento del Presidente del Gobierno.
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El Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.
Explicación:Para que exista una continuidad en el ejecutivo, el Gobierno cesante continua hasta que el nuevo Gobierno tome posesión del cargo.
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