Los extranjeros gozarán en Europa de las libertades públicas que garantiza el Título I en los términos que establezcan los tratados y la ley. (artículo 13.1 CE)
Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el Título I en los términos que establezcan los tratados y la ley. (artículo 13.1 CE)
Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el Título Preliminar en los términos que establezcan los tratados y la ley. (artículo 13.1 CE)