La ley regulará el estatuto de los [blank_start]funcionarios[blank_end] públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de [blank_start]mérito y capacidad[blank_end], las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.