En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel [blank_start]mínimo[blank_end] en la prestación de los servicios [blank_start]públicos[blank_end] fundamentales en todo el territorio [blank_start]español[blank_end].