APELACION EN EL AMPARO

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ESQUEMA DEL PROCEDIMIENTO DEL RECURSO DE APELACION EN EL AMPARO
GARY MAGDIEL CARRILLO
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  • Diligencias para mejor fallar, en caso de apelación de sentencia el plazo sera no menor a 3 días y no mayor a 5 días articulo 65 Dto. 1-86
  • 1 Se debe asignar el nombre del tribunal de apelación, en este caso sera La Corte de Constitucionalidad.  Articulo 60 Dto. 1-86
  • 2. Las resoluciones en las que se puede interponer apelación. Son apelables:  - sentencias de amparo - Autos que denieguen, revoquen el amparo provisional - Autos daños y perjuicios - autos que pongan fin al proceso
  • 3.  Legitimación: Podrán interponer. - Las Partes - El Ministerio Publico - El Procurador de los Derechos Humanos. 
  • 1. APELACIÓN, El recurso se interpone por las partes, el Ministerio Publico y Procurador de los Derechos Humanos articulo 61 y 63 Dto. 1-86
  • 2. Presentación del escrito en la Corte de constitucionalidad Articulos 64 Dto. 1-86
  • Corte de Constitucionalidad, el Tribunal de apelacion manda a practicar las diligencias que estime necesarias para mejor fallar dentro de un termino no mayor de 8 dias Articulo 60, 65, 66 Dto. 1-86
  • Diligencias para mejor fallar, en caso de apelacion de sentencia el plazo sera no menor a 3 dias y no mayor a 5 dias Articulo 65 Dto. 1.86
  • 3.  primero audiencia, se tiene por interpouesta la apelacion y manda a recabar los antecedentes.
  • 4.  notificacion al tribunal de primera grado (oficio solicitando los antecedentes) Articulo 67  Dto. 1.86
  • 5.  Resolucion señalando dias para vista dentro de 3 dias siguientes, puede ser pública. articulo 65 Dto.
  • 6.  por cada  memorial presentado se emite resolución teniendo por evacuada la audiencia 
  •   Vista publica, se celebra en la sala respectiva previa convocatoria de los magistrados.
  • 7.  Sentencia.  6 días siguientes a la vista.
  • NOTIFICACIÓN. 
  • ARCHIVO.
  • NOTIFICACIÓN
  • AUTO PARA MEJOR FALLAR 
  • APELACIÓN EN EL AMPARO 
  • AUTO PARA MEJOR FALLAR
  • Vista y resolucion, aqui se señala dia y hora para la vista dentro de los 3 dias siguientes y se resolvera dentro de los 5 dias inmediatos salvo a los dispuesto en el articulo 68 Dto. 1-86. la vista sera publica si lo pidiere alguna de las partes, Articulo 66 Art. 1-86
  • Dentro de los 3 dias de recibidos los antecedentes de apelacion, la Corte de Constitucionalidad emitira decreto por el cual señalara dia y hora para la vista dentro de los diez dias siguientes, se puede ampliar 15 dias por razon de distancia, articulo 19 acuerdo 1-2013
  • procede la aclaracion cuando los conceptos de un auto o sentencia sean oscutos ambiguos o contradictorios 
  • procede la ampliacion cuando en tales resoluciones se hibiere omitido resolver alguno de los puntos sobre los que versara el amparo o la incidencia, en su caso 
  • inetrposicion dentro de las 24 horas a la ultima notificacion  Articulo 70 - 71 Dto. 1.86
  • aqui procede si se hibiera omitido resolver alguno de los puntos sobre los que versare el amparo 24 hotas Articulo 70 - 71 Dto. 1.86
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