Zusammenfassung der Ressource
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- Registro de Garantías Mobiliarias
- Es el derecho real de garantía construido por el deudor garante a favor del acreedor garantizado, para garantizar el cumplimiento de una o varias obligaciones del deudor principal o de un tercero.
- Operaciones que se realizan en el Registro de Garantías Mobiliarias
- Inscripción de una constitución;
Modificación;
Cancelación;
Ejecución;
Consultas;
Certificaciones.
- Características del Registro de Garantías Mobiliarias
- Opera por medio de la inscripción de formularios estándar;
Se organiza, en general, por un sistema de folio electrónico personal;
En el Registro deberá centralizarse e inscribirse las garantías otorgadas sobre bienes muebles definidas por la ley;
Es un Registro automatizado;
Se encuentra dotado de las medidas de seguridad indispensables para comunicaciones electrónicas;
Podrá interconectarse con registros similares de otros países con los que se celebren convenios sobre la materia;
Deberá interconectarse con los registros de la propiedad.
- Constitución de la Garantía Mobiliaria
- Forma de constituir la Garantía Mobiliaria
- Artículo 10 LEY DE GARANTÍAS MOBILIARIAS
- Requisitos del art. 12 LGMOB
- Lugar y fecha de celebración;
Nombre, domicilio, documento de identificación y demás datos que permitan la plena identificación del deudor garante y del acreedor garantizado;
El monto máximo garantizado por la garantía mobiliaria;
La mención expresa de que los bienes muebles descritos servirán de garantía a la obligación garantizada;
El procedimiento de ejecución voluntaria, si el mismo es pactado por las partes;
La inclusión de clausula compromisoria, si la misma es pactada por las partes; y,
La firma de las partes o la impresión dactilar en caso no supieran o no pueden firmar; en este caso será necesario la comparecencia de un testigo.
- Registro Tributario Unificado
- Se establece el Registro Tributario Unificado, en donde se inscribirán todas las personas naturales o jurídicas que estén afectas a cualquiera de los impuestos vigentes o que se establezcan en lo futuro.
- Registro Fiscal de Vehículos
- Es la unidad que tiene a su cargo el registro y control de todos los vehículos terrestres que circulan en el territorio.
- Inscribir cuando corresponda;
Mantener actualizado el registro y control de vehículos con los datos que describan sus características;
Hacer las verificaciones e inspecciones necesarias para la determinación precisa de los datos consignados por los propietarios de los vehículos sin costo adicional al usuario;
En el caso de departamentos, la Dirección General de Rentas Internas, creará y apoyará el Registro Fiscal de Vehículos;
Tendrá también a su cargo establecer y mantener actualizado el registro y supervisión de placas de distribuidor.
- Requisitos indispensables
- Agencia virtual;
Cero omisos y
Pago del impuesto de circulación/plazo.