Zusammenfassung der Ressource
Flussdiagrammknoten
- La ley protege al trabajador, y establece prestaciones mínimas que el patrono debe cumplir obligatoriamente.
- Salario Ordinario y bonificaciones
- Ley del séptimo día y Décimo tercer mes
- Derechos de la mujer embarazada
- Se crea para el sector privado con el objetivo de aumentar la productividad.
- No incrementa el valor del salario para el cálculo de indemnizaciones salvo para cómputo de séptimo día como salario ordinario.
- No afecta al pago de las cuotas patronales ni laborales del IGSS, IRTRA E INTECAP
- El monto de bonificación es de Q250, que deberán pagar sus empleadores junto al sueldo mensual devengado y noo afecta los derechos adquiridos de los trabajadores.
- Esta es equivalente a un salario mensual por un año de trabajo.
- Se paga en el mes de diciembre de cada año.
- Si el trabajador a laborado menos de 1 años el pago es de forma proporcional.
- Bono 14 (Bonificación Anual para trabajadores del Sector privado y público)
- Se le denomina así a un 14 salario, tomando en cuenta que el Aguinaldo es el salario 13.
- Para calcularlo se toma en cuenta el promedio de los sueldos por el trabajador en el año. El cual termina en Junio de cada año.
- Para el trabajador que lo recibe es exento del impuesto sobre la renta hasta un monto del 100%
- El periodo para calcularlo es del 1 Julio al 30 de Junio del año siguiente.
- La fecha máxima para hacerse efectivo es el 15 de Julio.
- El trabajador debe recibir 15 días de vacaciones anuales pagadas después de 1 año de servicios.
- El trabajador debe extender una constancia que afirme este lapso de vacaciones.
- Esto lo afirma el artículo 102 del inciso i
- Higiene y seguridad en el trabajo
- Condiciones Ambientales de trabajo
- Circunstancias físicas que resguardan al trabajador
- Relacionadas con el ambiente laboral
- IGSS (Instituto Guatemalteco de Seguridad Social)
- Para que el asegurado obtenga la pensión debe tomar en cuenta:
- Haber pagado contribuciones mensuales al programa dependiendo de la edad.
- Para que el asegurado obtenga la pensión debe tomar en cuenta:
- Haber pagado un mínimo de 180 contribuciones
- Haber cumplido la edad mínima entre 60 - 65 años.
- Para que el asegurado obtenga la pensión debe tomar en cuenta:
- El afiliado haya pagado mín. 36 meses de contribuciones. Y que hubiera o este recibiendo pensión por vejez o invalidez.
- Deben ser trabajadores activos. Tomar en cuenta certificado de afiliado, de trabajador y factura del funeral, etc.
- La aportación del instituto como Cuota es de Q412.50
- Beneficiarios: los hijos mayores a 18 años y la pérdida en cualquiera de las unidades del instituto.
- Un miembro tiene el derecho de identificar a 5 personas más miembros de su familia
- Un trabajador pasa en estado de inactividad ya sea luego de alcanzar una determinada edad.
- Se le reconoce una prestación económica que suele consistir en una renta mensual.
- Modalidad Contributiva: son las aportaciones efectuadas al sistema por los propios trabajadores a través de sus cotizaciones
- Modalidad no contributiva: destinada a personas carentes de recursos o que no han cotizado el mínimo suficiente para beneficiarse.
- Días no laborables que se encuentran en el art. 127 código de trabajo.
- Se le reconoce el derecho de los trabajadores al pago del séptimo día. A los trabajadores permanentes recibirán además, el pago del décimo tercer mes.
- El trabajador que no labore la semana completa sin causa justificada no tiene derecho al pago del séptimo día.
- Artículos 47 y 52. Definen el derecho de protección de la familia y derecho a la maternidad.
- La ley le da un periodo de descanso de 30 días antes del parto y 54 días después del parto.
- Se le da un periodo de lactancia de 10 meses en el que puede salir o entrar 1 hora mas tarde, de los cuales no puede ser despedida sin autorización a menos que renuncie.