Zusammenfassung der Ressource
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- PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO
- FASE PREPROCESAL INVESTIGACIÓN PREVIA (Art. 580 COIP):
REUNIR elementos de convicción para formular o no imputación.
DURACION (Art. 585 COIP):
Hasta 1 año: delitos con pena de hasta 5 años
Hasta 2 años: delitos con pena mayor de 5 años.
Indefinida en delitos de desaparición de personas.
- FORMULACIÓN DE CARGOS (ART. 595), debe contener:
La individualización de la persona procesada.
La relación circunstanciada de los hechos relevantes.
Los elementos y resultados de la investigación.
- FINALIDAD (Art. 590 COIP):
DETERMINAR los elementos de convicción para que fiscal formule o no acusación.
- DURACIÓN (Art. 592 COIP):
Máximo 90 días
- ARCHIVO (Art. 586 COIP):
Al no contar contar con los elementos para la formulación de cargos el fiscal en el plazo de diez días solicitará el archivo.
TRAMITE (Art. 587 COIP):
Lo solicita el fiscal al Juez de Garantías Penales.
El fiscal puede previamente consultar a Fiscal Provincial.
La resolución no será susceptible de impugnación.
- 1. ETAPA DE INSTRUCCIÓN (Art. 591 y 594 COIP): Audiencia de formulación de cargos.
PRINCIPIO DE PUBLICIDAD DEL PROCESO: Excepto en delitos sexuales, violencia intrafamiliar y contra la estructura del Estado.
- CONCLUSIÓN DE LA INSTRUCCIÓN (Art. 599 COIP)
- CUMPLIMIENTO DEL PLAZO (determinado en el COIP)
- DECISIÓN DEL FISCAL ( Considera que cuenta con los elementos para concluir la instrucción)
- DECISIÓN JUDICIAL (Transcurrido el plazo el fiscal no ha concluido la instrucción)
- AUDIENCIA PREPARATORIA DE JUICIO (Art 604 COIP):
-Sujetos procesales se refieren a vicios de forma, requisitos de procedibilidad, competencia, etcétera, que podrían afectar la validez del proceso, Juez puede declarar NULIDAD.
-Fiscal expone los fundamentos de acusación o no acusación.
-Sujetos procesales anuncian las pruebas que actuarán en el juicio.
-Se pueden solicitar exclusiones de pruebas.
-Cabe la posibilidad de que se produzcan acuerdos probatorios.
-Juez comunicará su resolución de manera verbal el auto de llamamiento a juicio o sobreseimiento.
- 2. ETAPA DE EVALUACIÓN Y PREPARATORIA DE JUICIO
FINALIDAD (Art. 601 COIP):
Conocer y resolver sobre cuestiones de procedibilidad, prejuicialidad, competencia y procedimiento.
- NO ACUSACIÓN FISCAL (Art. 600 COIP)
- AUTO DE SOBRESEIMIENTO:
Fiscal revocará todas las medidas cautelares y de protección dictadas.
- CONSULTA AL FISCAL PROVINCIAL:
Delitos con pena mayor de 15 años o cuando lo pida acusador particular.
- AUTO DE LLAMAMIENTO A JUICIO (Fiscal acusa)
- AUDIENCIA DE JUICIO
INSTALACION Y SUSPENSIÓN (Art. 612 COIP), asistentes:
Jueces del Tribunal de Garantías Penales y fiscalía.
Procesado con su defensa privada o pública.
Acusador Particular de haberlo.
Testigos y peritos requeridos por los sujetos procesales, salvo que comparezcan por medios telemáticos.
ALEGATOS DE APERTURA (Art. 614 COIP):
Fiscalía- Víctima- Procesado
PRACTICA DE PRUEBAS (Art. 615 COIP):
EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS, OBJETOS U OTROS MEDIOS (Art. 616 COIP):
Siempre que estén directa o inmediatamente relacionados con el objeto del juicio.
ALEGATOS DE CLAUSURA (Art. 618 COIP):
Fiscalía, víctima y procesado presentarán sus argumentos o alegatos, existe derecho a la réplica; acerca de la existencia del delito, la responsabilidad del procesado y la pena aplicable.
DECISION JUDICIAL DEL TRIBUNAL (Art. 619 COIP) SENTENCIA (Art. 621 y 622 COIP)
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EXCEPCIONES
a) DELITOS DE TRÁNSITO: máximo 45 días
b) DELITOS FLAGRANTES: máximo 30 días
c) PROCEDIMIENTO DIRECTO: Todo el proceso dura 10 días
d) VINCULACIÓN CON INSTRUCCIÓN: (Art. 593 COIP): se amplia 30 días improrrogables.
e) REFORMULACIÓN DE CARGOS (Art. 596 COIP): 30 días extras improrrogables.
- 3. ETAPA DE JUICIO TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES (Art. 609 y 610 COIP):
Audiencia de juicio en donde se practican las pruebas de cargo y de descargo anunciadas en la audiencia preparatoria de juicio.
- El juicio se sustancia sobre la base de la acusación fiscal.
En el juicio regirán los principios de oralidad, publicidad, inmediación y contradicción.
- Tcnl. Francisco Xavier Suárez Chamorro.
Alumno
Paralelo "B"