todo objeto o cosas materiales de las cuales se pueda sacar, inferir o puedan generar algún tipo de información la cual por medio de esta auxilie al juez a tomar una decisión pero antes de esto obtener a la verdad material del asunto puesto en discusión por los sujetos procesales que incurren en el proceso puesto o allegado ante un tribunal que las ayude a dirimir este conflicto.
Testimonial
es la de mayor usanza, no solo porque es de mayor asequibilidad para quienes intervienen en una determinada controversia, sino porque es la que permite de una mejor manera el desarrollo del principio de la inmediación, que es fundamental para que el operador jurídico pueda tener un conocimiento más certero sobre los fundamentos fácticos que rodean el asunto objeto de debate.
Declaracion de parte
Confesion
la versión, informe, afirmación o narración circunstanciada y justificada de un hecho, punible o no que, en forma libre, en el proceso realiza quien tiene interés propio en las pretensiones, las excepciones o en el resultado de la acción (cuyas consecuencias jurídicas pueden ser adversas), pues nadie más que las partes tienen mayor información de los hechos que generan el litigio
declaración que uno hace de lo que sabe, espontáneamente o preguntado por otro, declaración del litigante o del reo en el juicio.
Inspeccion Judicial
La inspección es el estudio propio que realiza el juez y su secretario sobre un hecho que es materia del proceso que se lleva en curso vale decir que esta es prueba, esta inspección se lleva a cabo sobre personas, cosas, lugares o documentos.
Peritasgo
Indicio
Interrogatorio
La prueba pericial es aquella a través de la cual se nombra a una persona experta en un tema para que haga como especie de un informe analizando la situación que se le indica con base en sus conocimientos científicos sobre el tema, esta prueba se encuentra consagrada en el artículo 233 del código de procedimiento civil, el inciso primero de este artículo nos dice para que sirve el dictamen pericial:“La peritación es procedente para verificar hechos que interesen al proceso y requieran especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos.
medio probatorio indirecto, pues es a partir de la prueba de un hecho indirecto que se infiere o deduce, lógicamente, el hecho directo.
instrumento de prueba, mediante el cual una parte o presunta parte – si el interrogatorio es anticipado- provoca la confesión de su contraparte, mediante la formulación de un interrogatorio que se surtirá en actuación judicial .
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.