Son aquellos para los cuales NO se les han desarrollado, una normatividad especifica en la que se indique las características, esencia, forma, origen y ejecución del mismo
- Su objetivo es facilitar el acercamiento entre
comprador y vendedor .-El código de comercio regula la mediación no como
contrato si no al corredor o sujeto.-Es atípico en nuestro sistema por no existir normas que
regulan el contrato si no al corredor sujeto.
Como contrato
unilateral, es aquel que una persona se obliga a abonar a otra, llamada medidor-corredor, una remuneración por indicarle la oportunidad de concluir un negocio
con un tercero o por servirle de intermediario en esa conclusión.
Es un contrato por medio del cual se celebra un acuerdo entre una parte que es la encargada de proveer bienes o servicios a otra persona que paga por la provisión de dichos bienes o servicios.
- Tiene
unidad de vínculo, unidad externa en un solo contrato.
-Tracto
sucesivo.
-Cada
prestación una vez cumplida no afecta a la anterior.-Se
fracciona el objeto total de la prestación en partes o en cuotas autónomas
Es el contrato en virtud del cual una persona física o jurídica (el agente), asume de forma estable y permanente el encargo, en nombre y por cuenta de otro, a cambio de una retribución.
-El agente es un comerciante independiente, no
es trabajador del empresario. -Es un contrato de duración.-El objeto del contrato es promover y concluir
contrato por cuenta del principal, no se agota en acto concretos; como en la
comisión mediación
Personales. Las partes de este contrato recibe
el nombre de cliente, comitente, mandantes u oferentes. El corredor, recibe el
nombre de mediador, intermediario o mandatario.
Reales.Servicio de mediación,
debe ser determinado, licito materiales asesoría de negocios corretaje,
distribución y honorarios.
Formales.No requiere ninguna formalidad para su perfeccionamiento, es consensual, son aplicables las normas de
la comisión .
Personales.Suministrador, suministraste,
proveedor o vendedor, suministrario, suministrado, consumidor o comprador.
Reales.Bienes, muebles y genéricos.
Capacidad. Empresarios, estado. En las
sociedades mercantiles se piden reglas especiales; como lo puede ser el capital mínimo.
Personales.Las partes se denominan agente,
mandatario o representes, por otra parte se le llama empresario, mandate o
representado.
Reales.La actividad de la gente. Se caracteriza por la
promoción y conclusión del negocio y contrato por cuenta del empresario
El pacto de exclusiva.Beneficia al
corredor, sujeto a un término, el contrato se limita al contrato
base.
El pacto de exclusiva. Es una obligación de no
hacer; puede ser a beneficio de una u otra parte.
Contrato de agencia representativo. Puede ser
comisión o de mandato, representativo o no.
ELEMENTOS
CONCEPTO
CARACTERÍSTICAS
ELEMENTOS
ELEMENTOS
CONCEPTO
CARACTERÍSTICAS
MODALIDADES
MODALIDADES
CONCEPTO
CARACTERÍSTICAS
MODALIDADES
Formales.Es consensual, generalmente se
documenta por escrito.
Derecho de preferencias.Se pacta durante un
plazo posterior a la terminación del contrato.
Garantías del mediador. Similar a la
garantía en la comisión. En el corretaje
no se ejerce ninguna representación.
Pacto de exclusiva. Lo particular de esta cláusula
consiste en la renuncia del comerciante a otorgar el carácter de agente a
otras personas en el territorio de que se trata.
La renuncia a gestionar negocios sin
intervención de las personas.
CONCEPTO
Implica instituir un monopolio para la exclusividad en las ventas en áreas determinadas, a comerciantes escogidos por el productor, mediante un sistema de reventas.
CARACTERÍSTICAS
-El distribuidor es un comerciante independiente del empresario, adquiere los productos
del fabricante y los comercializa y revende por su cuenta y en nombres propios.-El fabricante impone al distribuidor los términos y condiciones para la
comercialización y reventa de los productos.
ELEMENTOS
Personales.A las partes se les llama concedentes,
fabricantes, productor, empresario o principal y concesionario o distribuidor.
Reales.Son objeto, el precio, las condiciones
de reventa.
El objeto.Productos estandarizados, fabricados,
con posibilidades de grandes marcados.
MODALIDADES
Pacto de exclusiva.Los vendedores se comprometen con los promotores, a no vender a terceros durante un breve periodo de tiempo.
Subdistribución. En este caso el distribuidor sí puede vender productos de la competencia, siempre y cuando cumpla con el número de ventas mínimas
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.