Zusammenfassung der Ressource
TEMA VIII:
SOBRESEIMIENTO
- -CONCEPTO
- es un acto procesal que pone fin al juicio;
pero le pone fin sin resolver la
controversia de fondo
- es la institución jurídica procesal en la que, el
juzgador de amparo, con apoyo en las normas
jurídicas constitucionales, legales o
jurisprudenciales que lo rigen, resuelve
abstenerse de analizar la violación de garantías o
la violación de la distribución competencia
- es la resolución judicial que en los casos
limitativamente señalados en la ley, pone fin
al proceso penal con los mismos efectos que
los producidos por la sentencia absolutoria.
- Procedencia
- Artículo
327.
Sobreseimiento
- El sobreseimiento procederá cuando:
- IX. Muerte
del
imputado,
- VIII. El hecho de que se
trata haya sido materia
de un proceso penal en el
que se hubiera dictado
sentencia firme respecto
del imputado
- VII. Una ley o reforma
posterior derogue el
delito por el que se
sigue el proceso;
- VI. Se hubiere extinguido
la acción penal por
alguno de los motivos
establecidos en la ley
- IV. El imputado
esté exento de
responsabilidad
penal;
- V. Agotada la investigación, el Ministerio
Público estime que no cuenta con los
elementos suficientes para fundar una
acusación;
- III. Apareciere claramente
establecida la inocencia del
imputado;
- I. El hecho no
se cometió;
- II. El hecho cometido no
constituye delito
- Artículo 329. Sobreseimiento total
o parcial
- total
- cuando se refiera a
todos los delitos y a
todos los imputados
- parcial
- cuando se refiera a algún delito o a algún
imputado, de los varios a que se hubiere
extendido la investigación y que hubieren sido
objeto de vinculación a proceso.
- Artículo 330. Facultades
del Juez respecto del
sobreseimiento
- El Juez de control
- al pronunciarse sobre la solicitud de
sobreseimiento planteada por cualquiera de
las partes, podrá rechazarlo o bien decretar el
sobreseimiento
- Si admite las
objeciones de la
víctima u ofendido,
denegará la solicitud
de sobreseimiento.
- Artículo 117.
Obligaciones del
Defensor
- VII. Presentar los argumentos y datos de
prueba que desvirtúen la existencia del
hecho que la ley señala como delito, o
aquellos que permitan hacer valer la
procedencia de alguna causal de
inimputabilidad, sobreseimiento o
excluyente de responsabilidad a favor del
imputado y la prescripción de la acción penal
o cualquier otra causal legal que sea en
beneficio del imputado;
- Artículo 129. Deber de
objetividad y debida
diligencia
- La investigación debe ser objetiva y referirse
tanto a los elementos de cargo como de
descargo y conducida con la debida diligencia, a
efecto de garantizar el respeto de los derechos
de las partes y el debido proceso.
- Al concluir la investigación complementaria
puede solicitar el sobreseimiento del proceso, o
bien, en la audiencia de juicio podrá concluir
solicitando la absolución