Zusammenfassung der Ressource
SINDICATOS
- Dispocisiones
generales
- Los trabajadores y empleadores
tienen derecho a crear
organizaciones que velen por
sus intereses y bienestar
siempre y cuando cumplan con
la normatividad vigente.
- Ninguna persona
puede actuar en
contra de un
sindicato, de
ninguna manera.
- No pueden
realizar
actividades
con fines de
lucro.
- Organización
Anmerkungen:
- Se debe notificar al empleador sobre la creación del sindicato.
- Mínimo 5
trabajadores o 5
empleadores
respectivamente.
- Se redactará un
acta de fundación
en la primera
reunión del
sindicato.
- Los estatutos contendrán:
Denominación del
sindicato. Domicilio.
Objeto. Condiciones de
admisión. Obligaciones y
derechos. Detalle sede la
junta directiva. Cuotas y
formas de pago. Reglas de
administración de bienes.
Entre otras...
- Personería
jurídica
- Desde el preciso
momento de su
fundación
adopta
personería
jurídica.
- Facultades y
funciones
sindicales
Anmerkungen:
- 1. Estudiar condiciones de trabajo referentes a sus asociados.
2. Impulsar el respeto de empleadores y trabajadores.
3.Celebrar reuniones y contratos y velar por su cumplimiento.
4. Asesorar a afiliados sobre sus derechos.
5. Promover la educación técnica y general de sus miembros
- Prohibiciones
- Conseguir apoyo popular
mediante el impulso de
temas religiosos o
políticos.
- Forzar a una persona
a ingresar o salir del
grupo sindical.
- Invertir dinero del sindicato
en asuntos no autorizados
previamente y concernientes
al funcionamiento del mismo.
- Promover cese de
actividades sin la
existencia de huelga
declarada.
- Patrocinar
cualesquiera
actos de
violencia
- Disposiciones
finales
- Deben presentar al
Mnisterio de trabajo
relación detallada de
ingresos y egresos.
- Federaciones y
confederaciones
- Trabajadores
oficiales
- Ejercito nacional,
fuerzas armadas o
policía no pueden
pertenecer a
sindicatos.
- Fuero
Sindical
- Garantías de no
perder empleo a
trabajadores que
forman parte de
un sindicato.
- Disolución y
liquidación
- Por
sentencia
judicial
- Por acuerdo común
de por lo menos dos
terceras artes del
total de asociados.
- Reducción de
afiliados a
menos de 25.
- Régimen
interno
- El nombre del
sindicato no debe
confundirse con el de
otro existente.
- Personas
mayores de 14
años pueden
pertenecer a
sindicatos.
- Debe conformarse por
lo menos en sus dos
terceras (2/3) partes,
por ciudadanos
colombianos
- La asamblea
general debe
reunirse por lo
menos cada seis
(6) meses
- La elección de directivas
sindicales se hará por
votación secreta