Zusammenfassung der Ressource
SARLAFT
Anmerkungen:
- sistema de administracion que se deben aplicar en las entidades vigiladas para que no se an atentadas con el lavado de activos y el terrorismo
- PRIMERA FASE
- corresponde a la prevención del riesgo. Su objetivo es prevenir que
se introduzcan al sistema financiero recursos provenientes de
actividades Análisis del Sistema de administración del riesgo del
lavado de activos y financiación del terrorismo .
- LAVADO DE ACTIVOS
- Es el mecanismo a través del cual se oculta el verdadero origen de dineros provenientes
de actividades ilegales, tanto en moneda nacional como extranjera y cuyo fin, es
vincularlos como legítimos dentro del sistema económico de un país. Son dineros
provenientes de actividades ilegales como el tráfico de drogas, el secuestro, la extorsión,
el boleteo, la evasión fiscal o de recursos provenientes de funcionarios corruptos tanto del
sector privado como del sector público, etc., los cuales pueden ser depositados o pasados
por las diferentes entidades para el respectivo “lavado”, tipificando conductas delictuosas
contempladas por las Leyes de los diferentes países.
- Se define también al Lavado de Activos, (LA) como las acciones que dan apariencia de
legalidad a recursos de origen ilícito. En la mayoría de los países del mundo, ésta
conducta es considerada delito y se conoce también como lavado de dinero, blanqueo
de capitales, o legitimación de capitales.
- Se entiende por riesgo de LA/FT (Lavado de Activos/Financiación del Terrorismo) la posibilidad de pérdida o
daño, que puede sufrir una entidad vigilada por su propensión a ser utilizada directamente o a través de sus
operaciones como instrumento para el lavado de activos y/o canalización de recursos hacia la realización de
actividades terroristas, o cuando se pretenda el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades.
El riesgo de LA/FT se materializa a través de los riesgos asociados, estos son: el legal, reputacional,
operativo y de contagio, a los que se expone la entidad, con el consecuente efecto económico negativo que
ello puede representar para su estabilidad financiera cuando es utilizada para tales actividades.
- El lavado de activos y la financiación del terrorismo representan una gran amenaza para la estabilidad del
sistema financiero y la integridad de los mercados por su carácter global y las redes utilizadas para el
manejo de tales recursos. Tal circunstancia, destaca la importancia y urgencia de combatirlos, resultando
esencial el papel que para tal propósito deben desempeñar las entidades sometidas a la
- SEGUNDA FASE
- corresponde al control. Su propósito consiste en detectar las
operaciones que se pretendan realizar o que se hayan realizado,
para intentar dar apariencia de legalidad a operaciones vinculadas al
LA/FT.
- Es deber de las entidades vigiladas, revisar periódicamente las
etapas y elementos del SARLAFT a fin de realizar los ajustes que
consideren necesarios para su efectivo, eficiente y oportuno
funcionamiento. El SARLAFT debe abarcar todas las actividades
que realizan las entidades vigiladas en desarrollo de su objeto
social principal.
- ETAPAS
- IDENTIFICACION DEL RIESGO
- permitir a las entidades vigiladas, identificar los riesgos
de LA/FT inherentes al desarrollo de su actividad, teniendo
en cuenta los factores de riesgo definidos en la presente
circular. Esta etapa debe realizarse previamente al
lanzamiento de cualquier producto, la modificación de sus
características, la incursión en un nuevo mercado, la
apertura de operaciones en nuevas jurisdicciones y el
lanzamiento o modificación de los canales de distribución
- MEDICION O EVALUACION
- Concluida la etapa de identificación, el SARLAFT debe
permitirle a las entidades vigiladas medir la posibilidad o
probabilidad de ocurrencia del riesgo inherente de LA/FT
frente a cada uno de los factores de riesgo, así como el
impacto en caso de materializarse mediante los riesgos
asociados
- MONITOREO
- Esta etapa debe permitir a las entidades vigiladas
hacer seguimiento a los perfiles de riesgo y, en general,
al SARLAFT, así como llevar a cabo la detección de
operaciones inusuales y/o sospechosas. El monitoreo
debe permitir a las entidades, comparar la evolución del
riesgo inherente con el riesgo residual de cada factor
de riesgo y de los riesgos asociados, tanto en forma
desagregada como consolidada.
- Como resultado de esta etapa, la
entidad debe desarrollar reportes
que permitan establecer las
evoluciones del riesgo de la
misma, así como la eficiencia de
los controles implementados. Así
mismo en esta etapa se deben
determinar las operaciones
inusuales y sospechosas
- CONTROL
- En esta etapa las entidades vigiladas deben tomar las medidas
conducentes a controlar el riesgo inherente al que se ven
expuestas, en razón de los factores de riesgo y de los riesgos
asociados.Realizar los reportes de operaciones sospechosas a la
Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis
Financiero – UIAF. Como resultado de esta etapa, la entidad debe
establecer su perfil de riesgo de LA/FT consolidado frente a todos
los factores de riesgo y los riesgos asociados. El control debe
traducirse en una disminución de la posibilidad de ocurrencia y del
impacto del riesgo de LA/FT en caso de materializarse.
- Establecer las metodologías para definir las
medidas de control del riesgo de LA/FT. b. Aplicar
las metodologías establecidas en desarrollo del
literal anterior, sobre cada uno de los factores de
riesgo y los riesgos asociados. c. Establecer los
niveles de exposición, en razón de la calificación
dada a los factores de riesgo en la etapa de
medición
- Establecer las metodologías de medición
o evaluación con el fin de determinar la
posibilidad o probabilidad de ocurrencia
del riesgo de LA/FT y su impacto en caso
de materializarse frente a cada uno de los
factores de riesgo y los riesgos asociados.
b. Aplicar las metodologías establecidas
en desarrollo del literal anterior, para
realizar una medición o evaluación
consolidada de los factores de riesgo y los
riesgos asociados. Como resultado de
esta etapa, las entidades deben estar en
capacidad de establecer el perfil de riesgo
inherente, tanto en forma desagregada
como consolidada, en cada factor de
riesgo y en sus riesgos asociados.
- Establecer las metodologías para la
segmentación de los factores de riesgo. b. Con
base en las metodologías establecidas en
desarrollo del literal anterior, segmentar los
factores de riesgo. Establecer las metodologías
para la identificación del riesgo de LA/FT y sus
riesgos asociados respecto de cada uno de los
factores de riesgo. Con base en las metodologías
establecidas en desarrollo del literal anterior,
identificar las formas a través de las cuales se
puede presentar el riesgo de LA/FT. Como
resultado de esta etapa, las entidades vigiladas
deben estar en capacidad de identificar los
factores de riesgo y los riesgos asociados a los
cuales se ven expuestos en relación al riesgo de
LA/FT.