Zusammenfassung der Ressource
TRATA DE PERSONAS
- Como concepto tenemos a la captación, el transporte, el traslado, la
acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de
la fuerza u otras formas de coacción,
- Normas internacionales sobre la trata de personas
- Convenio 29 de la OIT sobre trabajo forzoso (1930)
- Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)
- Convenio 105 de la OIT relativo a la abolición del trabajo
forzoso (1957)
- Convención para la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer (CEDAW) (1979)
- Convención sobre los Derechos del Niño (1989)
- Convenio 182 de la OIT sobre la prohibición de las peores formas de
trabajo infantil (1999)
- Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (Protocolo
de Palermo), que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
Transnacional (2000)
- Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convención de
Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2000)
- Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la
prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía3 (2000)
- Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en
conflictos armados. (2000)
- Se define, acción de captar, transportar, trasladar, acoger o recibir personas. recurriendo a
la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño,
al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de
pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad
sobre otra • con fines de explotación
- El problema de la trata de personas se ha convertido en un problema sin limite a nivel
mundial, por ello se han creado no solo leyes nacionales, sino también convenios
internacionales
- Bolivia y Ley 263, Ley
Integral Contra la Trata y
Trafico de Personas
- El ARTÍCULO 281 Bis. (TRATA DE PERSONAS). habla de los
tipos penales dentro de esta ley como:
- 1. Venta u otros actos de disposición del
ser humano con o sin fines de lucro.
- 2. Extracción, venta o disposición ilícita de
fluidos o líquidos corporales, células, órganos
o tejidos humanos.
- 3. Reducción a esclavitud o estado
análogo.
- 4. Explotación laboral, trabajo forzoso o cualquier
forma de servidumbre.
- 5. Servidumbre costumbrista.
- 6. Explotación sexual comercial.
- 7. Embarazo forzado.
- 8. Turismo sexual.
- 9. Guarda o adopción.
- 10. Mendicidad forzada.
- 11. Matrimonio servil, unión libre o de
hecho servil.
- 12. Reclutamiento de personas para su participación en conflictos armados
o sectas religiosas.
- 13. Empleo en actividades delictivas.
- 14. Realización ilícita de
investigaciones biomédicas.
- II. La sanción se agravará en un tercio
cuando:
- 1. La autora o el autor, o partícipe, sea cónyuge, conviviente o pareja
de la víctima, tenga parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad
o segundo de afinidad, tenga a su cargo la tutela, custodia, curatela o
educación de la víctima.
- 2. La autora o el autor sea servidora o servidor
público, goce de inmunidad diplomática, o sea
profesional médico o a fin.
- 3. Se utilicen drogas, medicamentos o armas
- III. Agravación de la pena cuando son
menores ó en caso de muerte.
- III. La sanción será de quince (15) a veinte (20) años cuando la
víctima fuere un niño, niña o adolescente, persona con discapacidad
física, enfermedad o deficiencia psíquica, mujer embarazada, o el
autor sea parte de una organización criminal, se produzca una
lesión gravísima o se ponga en peligro la vida, la integridad o la
seguridad de la víctima.
- IV. Si a causa del delito se produce la muerte de la
víctima, se impondrá la sanción prevista para el delito
de asesinato.”
- La realidad social mas triste a nivel mundial sobre la trata de personas
- El informe de reporteros, periodistas, todos los días nos habla sobre el rapto a
menores como también adultos, desapariciones, secuestros, que sufre la
sociedad en todas partes del mundo, también informan sobre bandas delictivas
que fueron descubiertos los traficantes de órganos, traficantes de niños o como la
trata de blancas, entre otros mismos que operan de estas de tres maneras.
- Trata Interna.
- El reclutamiento, traslado y la explotación de la víctima ocurren al interior de un mismo país. Es la
comercialización de personas para destinarlas a cubrir la demanda dentro del territorio nacional
- Trata Internacional.
- Implica el cruce de fronteras. El reclutamiento ocurre en un país de origen y la situación de explotación
ocurre en otro (s) país (es) de destino. En algunos casos, este traslado implica el paso por varios países. Es
la comercialización de personas para destinarlas a cubrir una demanda fuera del territorio nacionall
- Trata Mixta.
- Combina el carácter interno y el internacional. Ocurre cuando el caso empieza como trata interna para luego
convertirse en internacional, al cruzar por lo menos una frontera y continuar con la situación de explotación
- ESTE HECHO DELICTIVO SOLO TIENE
UN FIN LA ECONOMI,
APROVECHANDOSE POR LO GENERAL
DE SOCIEDADES E LA QUE SE CARECE
DE SEGUIRIDAD PARA LA SOCIEDAD