petición de principios, que consiste en efectuar una
pretensión y argumentar en su favor avanzando RAZONES
cuyo significado es sencillamente equivalente al de la
pretensión original
2) RAZONES
IRRELEVANTES:
tiene lugar cuando la prueba
que se presenta a favor de la
pretensión no es directamente
relevante para la misma
3) RAZONES DEFECTUOSAS:
aparecen cuando las razones que se
ofrecen a favor de la pretensión son
correctas, pero, inadecuadas para
establecer la pretensión especifica
en cuestión
4) SUPOSICIONES
NO GARANTIZADAS:
es parte del presupuesto de que es posible
pasar de las razones a la pretensión sobre
la base de la garantía compartida por la
mayor parte o por todos los miembros de la
comunidad.
5) AMBIGÜEDADES
cuando una palabra o frase se usa
equivocadamente debido a una
falta gramatical
6) LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
es el que proporciona el foro mas incierto para la practica y análisis del razonamiento, proporciona un foro para argumentar
acerca de versiones distintas de los hechas implicados en un conflicto que no ha podido solucionarse ni recurriendo a la
mediación o a la conciliación .
III. VALORACIÓN CRÍTICA DE LA CONCEPCIÓN DE TOULMIN
LA TEORÍA TENDRÍA QUE PASAR POR UNA DOBLE
PRUEBA : ser enjuiciada desde la perspectiva de
quien se aproxima a la argumentación y desde
quien aporta fundamentalmente
1) ¿ UNA SUPERACIÓN DE LA LÓGICA?
haber partido de un tipo de
argumento, que exhibe una
estructura mas simple que la de
los argumentos usados
centrarse en este tipo de argumentos,
la logica formal ha tomado en
concideración
2) LA CONTRIBUCIÓN DE TOULMIN A UNA TEORÍA DE LA ARGUMENTACIÓN
aceptado que la argumentación debe verse como una interacción
humana y no simplemente desde una perspectiva lógico-formal
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.