Zusammenfassung der Ressource
ley 1523/12
- Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema
Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones
- capitulo : I
- Gestión del riesgo, responsabilidad, principios, definiciones y
Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
- ART 1: Gestión del riesgo
Proceso social orientado a
formular, ejecutar y evaluar
políticas, planes, etc, para
reducir el riesgo y controlar
desastres
- ART 2: Responsabilidad La gestión
del riesgo es responsabilidad de
todas las autoridades y de todos
los habitantes del territorio
Colombiano.
- ART 3: PRINCIPIOS
- ART 4: Definiciones
- ART 5: Sistema
Nacional de Gestión
del Riesgo de
Desastres.
- ART 6: Objetivos
del Sistema
Nacional.
- ART 7: Principales
Componentes del
Sistema Nacional
- CAPITULO: II
- Estructura: Organización, Dirección y
Coordinación del Sistema Nacional de Gestión
del Riesgo de Desastres
- ART 8: Integrantes del
Sistema Nacional. Las
entidades públicas,
entidades privadas con
ánimo y sin ánimo de
lucro y la Comunidad.
- ART 9: Instancias de
Dirección del
Sistema Nacional.
- ART 10- 14: Instancias de
Dirección del Sistema
Nacional.
- ART 15- 28: Instancias de Orientación y
Coordinación
- ART 29: Funcionamiento de los
Consejos Territoriales.
- ART 30: Asociación
de Consejos
- ART 31: Las Corporaciones Autónomas
Regionales en el Sistema Nacional.
Instrumentos de planificación
- CAPITULO: III
- Instrumentos de Planificación
- ART 32: Planes de Gestión
del Riesgo.
- ART 33: Plan Nacional de
Gestión del Riesgo de
Desastres.
- ART 34: Elaboración y
evaluación del plan.
- ART 35: Estrategia
Nacional para la
Respuesta a
Emergencias.
- ART 36: Elaboración de la
Estrategia Nacional para la
Respuesta a Emergencias.
- ART 37: Planes
departamentales,
distritales y municipales
de gestión del riesgo
- ART 38: Planes
departamentales,
distritales y municipales
de gestión del riesgo
- ART 39: Integración de la gestión
del riesgo en la planificación
territorial y del desarrollo.
- ART 40: Incorporación de
la gestión del riesgo en la
planificación
- ART 41: Ordenamiento territorial y
planificación del desarrollo.
- CAPITULO: IV
- Sistemas de Información
- ART 45: Sistema Nacional de
Información para la Gestión del
Riesgo de Desastres.
- ART 46: Sistemas de Información en los
Niveles Regionales, Departamentales,
Distritales y Municipales.
- CAPITULO: V
- Mecanismos de Financiación para la Gestión del
Riesgo de Desastres
- ART 47: Fondo Nacional de
Gestión de Riesgo de Desastres.
- ART 48: Administración y
representación.
- ART 49: Patrimonio autónomo.
- ART 50. RECURSOS
- ART 51: Subcuentas para
apoyar el financiamiento de
la gestión del riesgo.
- ART 52: Junta Directiva del Fondo
Nacional.
- ART 53: Apropiaciones presupuestales para la
gestión del riesgo de desastres.
- ART 54 : Fondos Territoriales
- CApitulo: VI
- Declaratoria de Desastre, Calamidad Pública y Normalidad
- ART 55: Desatres.
- ART 56: Declaratoria de situación
de desastre
- ART 57: Declaratoria de
situación de calamidad
pública.
- ART 58: Calamidad
pública.
- ART 59: Criterios para la
declaratoria de desastre y
calamidad pública.
- ART 60: Solidaridad
- ART 61: Plan de acción
especifico para la
recuperación.
- ART 62: Participación de
entidades
- ART 63: Modificación de la
declaratoria.
- ART 64: Retorno a la normalidad.
- CAPÍTULO: VII
- Régimen Especial para Situaciones de Desastre y Calamidad
Pública
- ART 65: Régimen normativo
- ART 66: Medidas especiales de contratación.
- ART 67: Contratación de empréstitos.
- ART 68: Imposición de servidumbres.
- ART 69: Ocupación temporal de inmuebles
- ART 70: Procedimiento y condiciones de la ocupación
- ART 71: Acciones contencioso-administrativas
- ART 72: Restitución oficiosa.
- ART 73: Adquisición de predios
- ART 74: Negociación directa
- ART 75: Expropiación por vía administrativa
- ART 76: Declaratoria de utilidad pública e interés social.
- ART 77: Orden de demolición
- ART 78: Ejecución de la demolición.
- ART 79: Disposición de bienes
- ART 80: Transferencia de recursos.
- ART 81: Proyectos de Desarrollo Urbano.
- ART 82: Redes y servicios de telecomunicaciones.
- ART 83: Levantamiento de restricciones.
- ART 84: Emergencias viales.
- ART 85: Invías
- ART 86: Refinanciación.
- ART 87: Usuarios de crédito afectados.
- ART 88: Suspensión en procesos ejecutivos
- ART 89: Destinación y administración de donaciones.
- CAPITULO: VIII
- Disposiciones finales
- ART 90: Reglamentación de la ley.
- ART 91: Reglamentación Territorial
- ART 92: Artículo transitorio: declaratorias anteriores.
- ART 93: FALTAS
- ART 94: Libertad de prensa
- ART 95: Control para Recursos de Desastres.
- ART 96: Vigencia.