Segun Kelsen el derecho es "es una ordenación normativa del
comportamiento humano, es un sistema de normas que regulan el
comportamiento”
FUNCIÓN DEL DERECHO
El derecho es un instrumento que
permite la organización de las relaciones
sociales definidas por las fuerzas que
detenten el poder político.
CLASIFICACIÓN DEL DERECHO
Ordenamiento juridico, Acorde a lo dispuesto
por la Constitución Politica
Derecho subjetivo
Facultades que tienen las
personas para actuar en la vida
juridica
Derecho objetivo
Comprende a todas las obligaciones impuestas por el
estado, cuyo poder legislativo tiene la facultad de
establecer un complejo sistema de normas para regular
el comportamiento humano en la sociedad.
Derecho publico
Constitucional
Administrativo
Penal
Internacional Publico
Laboral
Seguridad Social
Derecho privado
Civil
Comercial
Internacional Privado
Derecho sustancial
Derechos materiales, particulares
personales
Derecho procesal
Constitucional
Administrativo
Penal
Laboral
JUSTICIA Y DERECHO COLECTIVO
CLASES DE ORDENAMIENTO JURIDICOS
Dos modelos de ordenamiento jurídico
Derecho continental,
romano jerárquico o
civil law
Precisión
Coherencia
Univocidad
Completitud
Se caracteriza porque el derecho se
configura básicamente como un conjunto
de normas generales y abstractas
dictadas por un órgano legislativo que los
jueces han de aplicar para resolver los
casos concretos
Derecho
anglosajón o
common law.
También conocido como
DERECHO COMÚN. Es un
derecho casuístico en lo
que lo fundamental es el
antecedente.
Manuel Atienza: la justicia no es un ideal
irracional. Es simplemente un ideal o una idea
regulativa. Manuel Atienza, Jurista Español
El derecho se distingue de la “justicia”, pues esta es la
ideal de un sistema en el cual las libertades de todos los
asociados coexistían en armonía, en donde los
individuos se les da tratamiento afín de tanto en lo
formal como en lo sustancial, asegurándoles un
desarrollo pleno de su personalidad
DERECHO NATURAL Y POSITIVISMO JURIDICO
Derecho natural
(IUSNATURALISTMO
Cristianismo, escuela escolástica
Denominado el iusnaturalismo
teológico
Destacado exponente
Tomas de Aquino
Positivismo jurídico
Hans Kelsen (Jurista y
representante)
Teoría, ordenamiento
jurídico
Características:
1. Unidad (Compuesta por
varias normas)
- Norma fundamental (Punto de
origen del ordenamiento jurídico)
- Constitución - Ley - Decreto
- Actos jurídicos
2. Coherencia (Ausencia
de contradicción entre las
normas)
3. Competitividad
(Solución de casos)
NORMA JURIDICA
Influir en el comportamiento de orden
social (Ordenes de conducta humana)
Norma Jurídica según Hans Kelsen
Norma que prohíbe una determinada
conducta No robar bien ajeno, etc.)
Es expedida por una autoridad
competente.
Norma que impone actos
coactivos (Sanciones)
La norma se estructura según Kelsen en
Supuesto hecho y consecuencia jurídica
(Sanciones)
Primaria
Compuestas por precepto
y sanción.
Secundaria
Interfiere en la primaria y
evita la sanción.
Norma Jurídica Según H.L.A
Hart Se perfecciona la
teoría de Kelsen.
Primeras
Van destinadas al individuo en
general.
Establece conductas obligatorias
(Prohibidas o permitidas).
Se establece por un
órgano judicial.
Segundas
Van destinadas a los
órganos jurídicos.
Se establece para poder modificar o
aplicar el primer tipo de normal.
Es producida por órganos legislativo.
Norma de Cambio Indica un
procedimiento para que las
reglas primarias cambien.
Norma de Adjudicación Da la
competencia a los individuos
(Jueces) para que establezcan si se
infringió o no una regla primaria.
Norma de Reconocimiento
Identifica cunado alguna de
las otras normas pertenece o
no a un sistema jurídico.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.