Zusammenfassung der Ressource
RESOLUCIÓN No. 00839 DEL 17/03/2015
- Actualiza el Manual para la realización del Control Interno en la
Policía Nacional
- CAPITULO I
GENERALIDADES
- Art. 2°
DEFINICIÓN
- Instrumento de consulta permanente para la correcta aplicación del
control interno en todos los componentes que conforman el Sistema
de Gestión Integral de la Policía Nacional
- Art. 3°
FINALIDAD.
- Operacionalizar el control y
autocontrol de las actividades
propias de los procesos y las
estrategias, en todos los niveles
(estratégico, táctico y operacional)
- Art. 4°
ÁMBITO DE
APLICACIÓN
- Todo el personal, procesos y
unidades que conforma la
Institución
- Art. 5°
ALCANCE
LEGAL
- Ajustado a los lineamientos
establecidos por las leyes y decretos
que rigen para la Policía Nacional
- Art. 6°
MARCO
CONCEPTUAL
- FUNDAMENTOS
- Modelo Estándar de Control Interno MECI 2014
- Norma Técnica NTC ISO 19011
- Norma Técnica de Calidad Para la Gestión
Pública NTCGP 1000:2009
- Modelo Comité of Sponsoring Organizations of
the Treadway Commission (C.O.S.O.)
- Guía “Rol de las Oficinas de Control Interno”
- CAPITULO II ROLES PARA
EL EJERCICIO DEL
CONTROL INTERNO EN LA
INSTITUCIÓN
- Art. 7° DEFINICIÓN DE
CONTROL INTERNO
- Ley 87 del 29/11/1993
Artículo 1
- Sistema integrado por el esquema de
organización y el conjunto de los planes,
métodos, principios, normas, procedimientos
y mecanismos de verificación y evaluación
- De acuerdo con las
normas constitucionales
y legales vigentes
- Art. 8° ROL DEL
ÁREA DE CONTROL
INTERNO
- Decreto 1537/2001
Artículo 3
- Evaluación y
seguimiento
- Asesoría y
acompañamiento
- Fomento de la
cultura del control
- Relaciones con
entes externos
- Art. 9° ROL DEL ÁREA DE
CONTROL INTERNO FRENTE
AL PROCESO CONTROL
INTERNO
- El Jefe del Área de Control Interno es el dueño del proceso
de “Control Interno” y se encarga de definir, revisar,
modificar, aprobar, actualizar, publicar, entrenar, medir,
analizar y mejorar la gestión del proceso, procedimientos,
guías y formatos
- Art. 10° ROL DE LAS UNIDADES
EN RELACIÓN CON EL
CONTROL INTERNO
INSTITUCIONAL
- La responsabilidad recae
en cada una de las
unidades policiales
- Requiere del
compromiso efectivo
de todos los
integrantes de la
Institución
- CAPITULO III
HERRAMIENTAS PARA
EL CONTROL
- Art. 11° MANUAL DEL
SISTEMA DE GESTIÓN
INTEGRAL
- Describe de manera detallada todas las
características de este sistema, indicando
los diferentes elementos que lo componen,
la forma en que interactúan, las reglas
básicas para su adecuado funcionamiento,
sus principios
- Base para el control que se quiera
ejercer en el Sistema de Gestión
Integral
- La Institución debe aplicarlo en los
niveles estratégico, táctico y
operacional para contribuir al
logro de los objetivos
- Art. 15° PROCESO DE
CONTROL INTERNO Y
SUS COMPONENTES
- Permite verificar el cumplimiento de lo
planeado en el Sistema de Gestión Integral y
emite directrices para el correcto ejercicio de
dicho control en la institución y en cada
proceso que la compone
- Programa anual de
auditorías
- Auditoría interna
- Auditoría Interna Integral
- Auditoría Interna Específica
- Auditoría Interna de Sistemas de Gestión
- Auditoría Interna Combinada
- Auditoría Interna de Seguimiento
- Informe ejecutivo anual
- Informe de control interno contable
- Autoevaluación Institucional
- Subcomités de
Mejoramiento
Gerencial
- Subcomité central de
mejoramiento gerencial
- Subcomités regionales
de mejoramiento
gerencial
- Subcomités locales
de mejoramiento
gerencial
- Art. 12°
CONTROLES
- Los procesos cuentan en
su estructura y
caracterización con
varios apartes que sirven
para ejercer control
- Entradas (Documentos de
origen interno y externo)
- Salidas (Proceso(s),
procedimiento(s), formatos,
guías, etc.)
- Herramientas de medición
- Las actividades de
verificar de la
caracterización
- Los puntos de control
de los procedimientos
- Los mapas de riesgos
- Art. 13°
PROCEDIMIENTOS
- Los procedimientos se
convierten en otra
herramienta para el
ejercicio del control
- Especifican las tareas y el método o secuencia
lógica, con la que deben trabajar los servidores
públicos de la Institución que los ejecutan
- Art. 14°
INDICADORES
- Son expresiones
cuantitativas de las
variables que intervienen en
un proceso y de los
atributos de los resultados
del mismo
- Permiten analizar el desarrollo de la gestión, las
tendencias, comportamientos y el cumplimiento de
las metas respecto al objetivo trazado por la
organización
- La Policía Nacional ha establecido la medición de indicadores a través del aplicativo Suite Visión
Empresarial (S.V.E.)
- CAPITULO IV
ASPECTOS A
CONTROLAR
- Art. 16°
CONTROL AL
SISTEMA DE
GESTIÓN
INTEGRAL
- Control al
direccionamiento
estratégico
- Debe ser evaluado en primera
instancia por la Oficina de
Planeación como dueña del
proceso Direccionamiento
Estratégico
- Control a la
gerencia de
procesos
- Se debe evaluar el modelo de operación por
procesos, las caracterizaciones de los procesos, la
documentación de los procedimientos, la
interacción entre procesos, las responsabilidades
y autoridades sobre los procesos, la
administración del riesgo y la gestión ambiental
- Control a la
gestión del
talento
humano
- Se evalúa principalmente el proceso Direccionamiento
del Talento Humano con su despliegue y
procedimientos,
- Art. 17° CONTROL AL
SISTEMA DE GESTIÓN DE
CALIDAD
- Este control se realiza por medio de la evaluación al cumplimiento de los 242
requisitos, de los 10 principios, los 6 procedimientos obligatorios y los
registros obligatorios, de la Norma Técnica de Calidad para la Gestión Pública
NTCGP 1000 o la NTC- ISO 9001 en sus respectivas versiones.
- Art.18° EVALUACIÓN
DEL SISTEMA DE
CONTROL INTERNO
- Se realizará de acuerdo
con lo establecido en el
artículo 9 de la ley 1474
de 2011
- Art. 19°
AUTOEVALUACIÓN
- Autoevaluación
de la gestión
- Autoevaluación
del
Control
- Deberán aplicar el
procedimiento “Ejecutar
acción correctiva, preventiva
y corrección” con código
1MC-PR-0005
- Art. 20° OTRAS
HERRAMIENTAS
DE
AUTOEVALUACIÓN
- Revisión por la Dirección
- Seguimiento información relativa a la percepción del cliente, respecto al cumplimiento de los requisitos
- Evaluación y seguimiento del control del producto o servicio no conforme
- Evaluación y seguimiento a la administración del riesgo
- Evaluación de la satisfacción del cliente
- Evaluación de las quejas, reclamos y sugerencias
- Evaluación de la rendición de cuentas
- Art. 21°
VIGENCIA
- Rige a partir del 17/03/2015 eroga la
Resolución 00264 del 01 de febrero del 2012
y demás disposiciones que le sean
contrarias