Zusammenfassung der Ressource
JUICIO DE AMPARO
Legislación Mexicana
- Es un medio de control de la constitucionalidad a través
del cual los gobernados pueden impugnar los actos de
autoridad que estimen violatorios a sus garantías
individuales y a sus derechos humanos, con el objeto de
que se les restituya en el goce de sus garantías
conculcadas
- PRINCIPIOS RECTORES
- Iniciativa o instancia de parte
- Existencia de agravio personal y directo
- Definitividad
- EXCEPCIÓN: Cuando el acto reclamado
importe peligro de privación de la vida,
deportación o destierro o cualquiera de
los actos prohibidos por el artículo 22 del
Constitución Federal (pena de muerte,
mutilación, infamia, marca, azotes,
tormento de cualquier especie, etc)
- Estricto Derecho
- Relatividad
- EXCEPCIÓN: Cuando existe
listisconsorcio del quejoso con otras
personas (si el amparo beneficia al
quejoso, también beneficiará a sus
litisconsortes)
- Prosecución Judicial
- Fundamentado en el
Artículo 107 Constitucional
y 2° de la Ley de Amparo
- SUPLENCIA DE LA QUEJA: Las autoridades que conozcan del
juicio de amparo deberán suplir la deficiencia de los conceptos de
violación de la demanda, corrigiendo los errores, deficiencias u
omisiones, en casos especiales. Por ejemplo: en materia agraria a
favor de los ejidatarios, y en materia laboral a favor de los
trabajadores
- PARTES
- Quejoso
- Autoridad(es) Responsable(s)
- Tercero(s) Interesado(s)
- Ministerio Público
- ACTO RECLAMADO
- Es la conducta, activa o pasiva, imputada
a la autoridad responsable que el
gobernado estima violatoria de sus
garantías individuales
- CLASIFICACIÓN DE LOS
ACTOS RECLAMADOS
- A su naturaleza
- A su acreditamiento
- A su consumación
- A su temporalidad
- A la actuación
del quejoso
- A su permanencia o
conservación
- Al momento en que producen
sus efectos
- CONTRA QUE ACTOS ES IMPROCEDENTE?
- Contra actos de la
SCJ
- Contra resoluciones
dictadas en los juicios de
amparo o en ejecución
de las mismas
- Contra leyes o actos que sean
materia de otro juicio de amparo
que se encuentre pendiente de
resolución
- Contra leyes o actos que hayan
sido materia de ejecutoria en otro
juicio de amparo
- Contra actos que no afecten
los intereses jurídicos del
quejoso
- Contra las resoluciones o
declaraciones de los organismos y
autoridades en materia electoral
- Contra actos
consumados de modo
irreparable
- LEY QUE RIGE EL JUICIO
- La Ley de Amparo,
reglamentaria de los
Artículos 103 y 107
Constitucionales
- TIPOS DE JUICIOS
- Amparo Indirecto
- Es competencia de los
Jugados de Distrito y en
algunos casos de los
Tribunales Unitarios de Circuito
- Amparo Directo
- Es competencia de
los Tribunales
Colegiados de Circuito
y en algunos casos de
la SCJ a través de la
facultad de atracción