Toda ley entra en vigencia desde
el momento en el cual es
promulgada y publicada
constitucionalmente y mantiene
su vigencia a través del tiempo,
hasta ser derogada por otra ley.
VALIDEZ ESPACIAL
Es estudiar los principios que
estudian la aplicabilidad de
la ley penal dentro de un
determinado territorio
VALIDEZ PERSONAL
“todo el que comete un
delito o una falta en el
territorio de la República
será sancionado” Art. 3
Código Penal
PRINCIPIOS
El PRINCIPIO DE LA TERRITORIALIDAD
La norma penal ejerce su acción dentro de
las fronteras de un determinado Estado, Art 3 Código Penal
EL PRINCIPIO REAL O DELA DEFENSA
Se trata del Derecho que tiene cada Estado
atendiendo a su seguridad y a la protección de los
intereses que le son vitales, de castigar a toda
persona que dentro o fuera de su territorio, atente
contra tales intereses,
EL PRINCIPIO DE LA ADMINISTRACION DE LA JUSTICIA MUNDIAL
Es el principio mediante el cual los países miembros de la comunidad
internacional propugnan el establecimiento de un régimen de
justicia mundial, cuya administración esté confiada a organismos
internacionales, no importando la nacionalidad del delincuente ni la
de la victima, ni el lugar de perpetración del delito.
PRINCIPIO DE LA PERSONALIDAD
la Ley Penal de cada estado se aplica a los delitos
cometidos por los nacionales de este Estado cualesquiera
sea la nacionalidad de la victima y el lugar de perpetración
del delito.
HECHOS PUNIBLES
Es el que está tipificado por la ley como un delito, un crimen, una falta
o una contravención y tiene fijada una pena para quien incurra en ello
CLASIFICACIÓN (Art. 1 C.P.V.)
DELITOS
Es la acción u omisión que conlleva
a un hecho antijurídico o la
violación de una norma legal, al
cual le corresponde una sanción o
pena establecida en la ley o en los
códigos establecidos en la
ordenamiento judicial de la nación
CLASIFICACIÓN
Los delitos comunes son aquellos que
lesionan u ofenden bienes jurídicos
individuales.
Los delitos políticos puros son los cometidos
contra el orden político establecido en el Estado
Los delitos sociales son los cometidos contra
el régimen económico-social establecido en
una colectividad organizada
Los delitos militares son aquellos que estén
constituidos por infracciones o violaciones del orden,
discipline o deberes militares
Los delitos dolosos (o intencionales) son aquellos en los cuales
el resultado antijurídico coincide con la intención delictiva del
agente
Los delitos culposos son aquellos en los cuales el agente no se propone cometer
delito alguno, sino que el acto delictuoso ocurre a causa de la imprudencia, la
negligencia, la impericia en su profesión, arte u oficio, por parte del agente o
porque éste deje de observar los reglamentos, órdenes o instrucciones
FALTAS
Tiene la misma
definición del delito, con
la singularidad de que es
considerada de menor
gravedad y por lotanto
no es tipificada como
delito,
CONSECUENCIAS JURIDICAS
La extradición se concede sólo
por los delitos y nunca por las
faltas
El delito se castiga, no solamente cuando se
comete, sino también cuando queda en grado de
tentativa o de frustración, siempre que admita,
por su naturaleza misma, la tentativa y la
frustración. Las faltas solo se castigan cuando se
consuman realmente.
Para enjuiciar al sujeto activo de los delitos, se debe
seguir el procedimiento ordinario, para el que son
competentes el Juez de Primera instancia en lo Penal;
y, en alzada, el Juez Superior en lo Penal. En cambio,
para enjuiciar al autor de una falta, es preciso seguir
un procedimiento especial establecido en los
artículos 413 y siguientes del Código de
Enjuiciamiento Criminal.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.