Zusammenfassung der Ressource
Fuentes del Derecho
- Acepciones de la palabra "fuente"
- proceso de creación de normas jurídicas (formal)
- factores y elementos que determinan el contenido de tales normas (real)
- documentos que encierran el texto de una ley o conjunto de leyes (histórica)
- Enfoques del Derecho
- Explicativo o social
- Sistemático o formalista
- Justificativo o valorativo
- Fuentes diversas del Derecho
- De carácter sociológico
- Axiológico o justificativo
- Fuentes formales (en el ordenamiento jurídico)
- La jurisprudencia: comprendida como ciencia del derecho o criterios
contenidos en las decisiones de los tribunales. Existe también lo que se
conoce como jurisprudencia temática, que consiste en que los órganos
judiciales inferiores tomen en cuenta en sus resoluciones las razones
centrales de las tesis de inconstitucionalidad frente a legislaciones
idénticas.
- El Reglamento: es una norma o conjunto de normas jurídicas de
carácter abstracto e impersonal que expide el Poder Ejecutivo en uso
de su facultad propia y que tiene por objeto facilitar la exacta
observancia de las leyes expedidas por el Poder Legislativo. Es un
medio para le ejecución de las leyes; sui embargo, son disposiciones
generales que no tienen carácter de ley.
- La costumbre: Repetición de hábitos que gozan de
carácter jurídico y son obligatorios, o la repetición de
actos cuyo uso y convicción se considera obligatorio. Es el
uso implantado en una colectividad y considerado por
ésta como jurídicamente obligatoria.
- Los principios generales del Derecho: son una fuente
subsidiaria y secundaria que se aplican en defecto de la ley o
de su interpretación jurídica para colmar lagunas legales.
- La ley: toda norma jurídica emanada del poder
público, es decir, de los órganos del Estado. La ley
es toda norma jurídica aprobada por el poder
legislativo. Se encuentra subordinada a la
Constitución y su importancia como fuente del
Derecho radica en que son creadas por
autoridades que han sido elegidas por elección
popular, garantiza el principio de división de
poderes y evita la arbitrariedad de las
autoridades vía el principio de legalidad (“las
autoridades solo pueden hacer lo que la ley les
faculta”).
- Los procesos de creación de normas individualizadas: son
consecuencia de la interpretación y aplicación de las normas en
un carácter más general, como las resoluciones judiciales y
administrativas, testamentos, contratos y demás
- La doctrina: estudios de carácter científico que los juristas
realizan acerca del derecho, ya sea con propósitos puramente
teóricos o con la finalidad de interpretar normas y reglas de
aplicación. Tiene relevancia para el derecho porque sistematiza y
ordena el conocimiento jurídico, brinda herramientas para la
interpretación y aplicación de las normas e integra los principios
generales del derecho.
- Los Tratados: una de las fuentes formales más importante del sistema
jurídico, forman parte del ordenamiento nacional. Se presentan en cuatro
modalidades:1) preeminencia sobre el derecho interno, 2) jerarquía similar
entre la Constitución y el tratado, 3) superioridad de la Constitución sobre el
tratado, pero el tratado está por encima de las leyes, y 4) el tratado y la ley
poseen la misma jerarquía, pero los dos están debajo de la Constitución.
- La Constitución: fuente de fuentes, norma de normas, el vértice de normas que le da validez y unidad al
ordenamiento jurídico. Contiene las normas materiales directamente aplicables por las autoridades a
diversas relaciones jurídicas. Obliga y es vinculante porque posee legitimidad (reconocida por
gobernantes y ciudadanos como la norma jurídica suprema). Los actos y omisiones de autoridades y
particulares en contra de la Constitución son inconstitucionales. Para procesar las inconstitucionalidades
se recurre a los medios de control de constitucionalidad.
- Modelos del Derecho
- Como un conjunto de normas
- El derecho es visto como práctica social
- Excluye la moral del derecho
- el origen del deber jurídico se halla en la sujeción a la autoridad del Estado
- El legislador es el protagonista central del derecho
- Como razonamiento justificativo
- El género rector del derecho es la moral
- Naturaleza axiológica
- El protagonista central del derecho es el juez
- El sentido del deber jurídico es la protección de ciertos bienes y/o valores morales
- Clasificaciones de las fuentes del Derecho
- Directas: son las que contienen la norma jurídica. Son fuentes directas del derecho la ley, la
costumbre, los principios generales del Derecho, la Constitución, los tratados, los precedentes
judiciales, los contratos, etc.
- Indirectas: son las que ayudan a la comprensión y conocimiento de las normas jurídicas. Son fuentes
indirectas del derecho los documentos y publicaciones a través de los cuales se puede conocer el
derecho o la doctrina que permite la comprensión de las normas jurídicas legisladas o contenidas en
los precedentes judiciales.
- Internas: ley, costumbre y tradición.
- Externas: elementos objetivos que se conocen por la libre investigación científica: • Racionales:
principios revelados por la razón, y • Objetivos: surgidos de la naturaleza de las cosas.
- Estatales: creación directa del derecho por el Estado a través de sus órganos y procedimientos
- Extraestatales: provenientes de ámbitos o instancias de carácter no estatal (derecho de los pueblos
indígenas, organizaciones políticas, sindicales, empresariales, eclesiales, etc.).
- Fuentes-acto: normas que regulan la producción normativa, cuyo propósito es crear o modificar el
derecho vigente y por consiguiente obtenerlas correspondientes modificaciones en el
comportamiento de los destinatarios de las mismas. Son fuentes acto la Constitución, la ley, el
reglamento y las normas relativas al derecho internacional privado.
- Fuentes de hecho: aquellas que constatan un hecho jurídico preexistente, como la costumbre y el
precedente judicial.
- Escritas: Leyes o reglamentos.
- No escritas: la costumbre y los principios generales del derecho.
- Legales y Extra ordinem: La Constitución es el mejor ejemplo de ello, pues como norma primera y
fundamento normativo de todo el sistema no encuentra su fundamento en otra norma jurídica sino
que su origen hay que buscarlo en instancias extrajurídicas.
- Formales: fuentes directas e inmediatas (como la ley).
- Materiales: factores que nutren a las fuentes formales, como la naturaleza de las cosas, la tradición,
el interés social, la opinión popular, los intereses económicos y políticos, etc.
- Según su naturaleza jurídica
- Constitucionales: no pueden ser contradichas por ningún otro ordenamiento (la Constitución).
- Primarias: están ubicadas en los escalones inferiores a la Constitución. El tratado, la ley y todas
aquellas a las que el ordenamiento atribuye rango o fuerza de ley.
- Secundarias: las que son conforme a la ley, los tratados y la Constitución, por excelencia, el
reglamento.
- Terciarias: son las inferiores a las constitucionales, primarias y secundarias, como la costumbre
praeter legem.