La Constitución más que al
trabajo como actividad
abstracta protege al
trabajador y su dignidad.
Principio de Igualdad de
Oportunidades, o de no discriminación
en el trabajo.
Igualdad de
Oportunidades en
el ingreso mediante
el concurso de
méritos.
Igualdad de
Oportunidades en la
permanencia en el
empleo de
trabajadores
sindicalizados.
Igualdad de
Oportunidades en el
retiro de trabajadores
con diversidad
funcional.
Principio de Protección especial a la
Maternidad.
.Pago de
seguridad
social
Licencia de
maternidad
Principio de Primacía de
la Realidad.
prevalecer las
condiciones reales de
trabajo sobre las
condiciones
formalmente pactadas
por los sujetos
laborales
Principio de Irrenunciabilidad
a Mínimos Laborales
las normas del derecho laboral
de orden público que afectan al
colectivo, no son susceptibles de
renuncia alguna, ya sea de
manera forzada o voluntaria.
Principio de Estabilidad
Laboral
Garantiza el derecho a
el trabajador vulnerable
de la sociedad
obligando al empleador
a garantizar la
continuidad laboral
Principio de Favorabilidad en la
Interpretación y Aplicación de Normas
Laborales
El principio de
progresividad
es un desarrollo del principio de
favorabilidad, de donde la diferencia
radica en que el primero impide la
expedición de leyes regresivas, mientras
que el segundo, morigera el efecto de
leyes existentes, ambiguas y confusas;
pero confluyendo los dos principios
cuando se está frente a regímenes de
transición y leyes derogadas más
favorables.
Las interpretaciones
legales del juez deben
estar sujetas a la
constitución
Principio sobre Mínimo Vital.
El derecho a la vida, a la
salud, protege derechos
económicos, sociales y
culturales, como el
derecho a la pensión, al
salario, a la salud.
Principio de Condiciones Dignas y Justas
El trabajo se
remunere
proporcionalmente
a su cantidad y
calidad.
Todo trabajo debe ser
remunerado, desde el
primer minuto en que se
presta, pues del salario
depende la subsistencia
del trabajador y el
sostenimiento de su
familia.
Pago por vincular
su fuerza, su
ingenio, su pericia y
su tiempo a las
finalidades de otro
Principio de Confianza
Legítima.
Se manifiesta en situaciones donde la
expectativa de un sujeto por la
conducta de otro genera un grado de
confianza, sinceridad, seriedad y
veracidad, ocasionando una
protección legal y constitucional y
confiando de buena fe que no varíen
las circunstancias que lo rodean
Buena Fe
Consistente en el estado
mental de honradez, de
convicción en cuanto a la
verdad o exactitud de un
asunto.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.