Zusammenfassung der Ressource
LA EXTRADICIÓN
- ES el procedimiento jurídico
(penal-administrativo) por el cual una
persona acusada o condenada por un
delito conforme a la ley de un Estado
es detenida en otro Estado y
devuelta al primero para ser
enjuiciada o para que cumpla la pena
ya impuesta.
- Artículo 382
de la COPP
- La extradición se rige por lo
establecido en la Constitución
de la República Bolivariana de
Venezuela, los tratados,
convenios y acuerdos
internacionales suscritos y
ratificados por la República y
las normas de este título.
- Toda solicitud de esa naturaleza debe
constar la copia certificada del auto de
detención o decisión equivalente, para el
caso de procesados; o copia de la
sentencia condenatoria definitivamente
firme dictada por la autoridad judicial
competente del Estado requirente, si se
trata de condenados; además de la
copia de las disposiciones legales que
tipifiquen el hecho delictivo y
establezcan la sanción aplicable; así
como un resumen de los hechos y los
datos filiatorios que permitan la
identificación personal del solicitado y
su nacionalidad. Todos estos
documentos deben estar traducidos al
idioma del país requerido.
- TIPOS DE
EXTRADICIÓN
- ACTIVA
- Artículo 383
- Artículo 384
- Tramitación
- Artículo 385
- Medidas
precautelativas en el
extranjero. Art. 383
- PASIVA
- Articulo
386
- Libertad del aprendido
- Articulo 388
- Abogado (a)
- Articulo 389
- Procedimiento
- Articulo 390
- Principios
- El Ministerio Popular
Para las Relaciones
Exteriores es el órgano
encargado de tramitar
por vía diplomática la
solicitud de extradición,
debe certificar y hacer
las traducciones
cuando corresponda, y
presentar tal solicitud
ante.
- La extradición es reconocida y
regulada por el Código Penal,
Código Orgánico Procesal Penal,
tratados internacionales
suscritos por la República con
distintos países de la comunidad
internacional, además de ser
reconocida conforme a los
principios de derecho.
- Principio de la Mínima gravedad del hecho
- Principio de la Doble incriminación
- Principio de no entrega
por delitos políticos
- Principio de la Especialidad
- En Venezuela, la
extradición está regulada
como un procedimiento
especial en el Título VI del
Código Orgánico Procesal
Penal (C.O.P.P.),
denominado “Del Proceso
de Extradición”.
- La causa de la extradición se ubica
en la comisión de una infracción
punible por parte del sujeto
requerido y cuyo juzgamiento o
castigo es competencia del Estado
requirente, siendo su finalidad
posibilitar el enjuiciamiento de la
persona requerida o la ejecución de
la condena impuesta.