Zusammenfassung der Ressource
Procesos establecidos por el COGEP
- Procedimiento ordinario
- Inicia con la presentación de la demanda. Requisitos Art 142
- Juez procede con la calificación de la demanda
- Citación a la demanda (La persona puede ejercer el derecho a la defenza porque la persona se entera que esta siendo accionada)
- 30 días término para la contestación de la demanda art 151 y 153 COGEP excepciones previas.
- ión a la demanda Art 156. Cuando el juez revisa que se han cumplido esos requisitos, el juez califica la contestación.
- Si no se cumplen los requisitos, juez mediante povidencia da tres dias para que se subsanen los mismos
- Juez pide audiencia. Se notfica a las partes y se establece una fecha
- En esta audiencia se puede anunciar la prueba, el juez puede dmitirla o inadmitirla. Art 169 Resuelve excepciones.
- Audiencia de juicio, se practica la prueba (los hechos señalados en la demanda se respaldan en una norma jurídica) existe un alegato inicial, uno final y la prueba culmina con una resolución
- Pocedimiento sumario: es un procedimiento general
- Temas que tengan que ver con familia, se manejan por un procedimiento sumario.
- Se presenta la demanda requisitos establecidos en el Art 142 COGEP
- El juez ve si se han cumplido los requisitos y procede con la calificación de la demanda
- Se le cita demandado
- 15 días término para contestar la demanda y en ciertos casos, 10 días ejemplo: despido intempestivo de mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, etc
- Se tiene una audiencia única y consta de dos fases
- Procedimiento moitorio
- La persona acreedora puede demandar el cobro de ciertas acciones
- Se presenta una demanda mas un documento probatorio Art 357
- Juez controla la admisibilidad del proceso
- Si la demanda se declara admisible, juez concede 15 días para el pago y la citación para el deudor
- Se resuelve por dos vías: Con oposición del demandado: Se convoca a una audiencia; si no existe oposición, el mandamiento de pago queda en firme
- Procedimiento voluntario
- El principal requisito es que las partes muestren el consentimiento o voluntar para iniciar este proceso, no hay controversia.
- Se presenta a través de una solicitud a fin de que sea calificada
- El juez llama a una audiencia y el juez resuelve y llama a las partes a que se ratifiquen respecto a la petición
- juez dicta sentencia definiendo la situación voluntaria presentada por las partes