Zusammenfassung der Ressource
MODALIDADES DE CONTROL FISCAl
- La vigilancia de la gestión fiscal en las entidades que conforman el sector central y descentralizado se hará de
acuerdo a lo previsto en esta ley y los órganos de control deberán ejercer la vigilancia que permita evaluar el
conjunto de la gestión y sus resultados
- Las contralorías ejercerán control fiscal sobre los contratos celebrados con fundamento en el artículo 355 de la
Constitución Nacional a través de las entidades que los otorguen
- El control fiscal se ejercerá sobre las rentas obtenidas, en el ejercicio de los monopolios de suerte, azar y de licores
destinados a servicios, de salud y educación, sin perjuicio de lo que se establezca, en la ley especial que los regule
- La vigilancia de la gestión fiscal del Fondo Nacional del Café, sus Inversiones y transferencias, así como las de otros
bienes y fondos. estatales administrados por la Federación Nacional de Cafeteros, será ejercida por la Contraloría
General de la República mediante los métodos, sistemas y procedimientos de control fiscal previstos en esta ley.
- La Contraloría General de la República vigilará la exploración, explotación, beneficio o administración que
adelante el Estado directamente o a través de terceros, de las minas en el territorio nacional sin perjuicio de la
figura jurídica que se utilice
- La vigilancia de la gestión fiscal en las sociedades de economía mixta se hará teniendo en cuenta la
participación que el Estado tenga en el capital social, evaluando la gestión empresarial de tal forma que
permita determinar que el manejo de los recursos públicos se realice de acuerdo con los principios establecidos
en el artículo 8 de la presente ley