FUENTES FORMALES SUBSIDIARIAS

Beschreibung

MAPA CONSEPTUAL SOBRE LAS FUENTES FORMALES SUBSIDIARIAS A CARGO DE SANTIAGO MOYA, ESTUDIANTE DE TERCEL NIVEL DE DERECHO.
Santiago Moya
Mindmap von Santiago Moya, aktualisiert more than 1 year ago
Santiago Moya
Erstellt von Santiago Moya vor fast 6 Jahre
246
0

Zusammenfassung der Ressource

FUENTES FORMALES SUBSIDIARIAS
  1. ANALOGÍA
    1. LA ANALOGÍA ES LA FORMA DE COMPARACIÓN QUE SE LE DA A UNA COSA, EN SIMILITUD CON OTRA
      1. TIPOS DE ANALOGÍAS
        1. ANALOGIA LEGAL
          1. BUSCA LA SOLUCION APLICABLE EN OTRA DISPOSICION LEGAL O EN UN CONJUNTO DE SISPOSICIONES LEGALES.
          2. ANALOGÍA JURIDICA
            1. SE DA CUANDO NO EXISTEN DISPOSICIONES LEGALES CONCRETAS, APLICABLES ANALOGICAMENTE Y SE HACE PRECISO HALLAR UNA REGLA O PRINCIPIO GENERAL
      2. LA COSTUMBRE
        1. LA COSTUMBRE CONSTITUYE UN CONJUNTO DE PREACTICAS REPETIDAS, O TAMBIIEN LLAMADAS COTIDIANAS; DURANTE LO LARGO DEL TIMEPO EN EUNA COLECTIVIDAD HUMANA DETERMINADA.
          1. COMO FUENTE FORMAL DEL DERECHO, LA COSTUMBRE ANTECEDE LA LEGISLACION ESCRITA, A LA QUE POSTERIORMENTE LE SIRVE DE SOPORTE EL ARTICULO 2 DEL CODIGO CIVIL, EN DONDE ESTIPULA QUE LA COSTUMBRE NO CONSTITUYE DERECHO A MENOS QUE LA LEY SE REMITA A ELLA.
            1. EN EJEMPLO DE ELLO., ESTA LA JURISDICCION INDIGENA EN EL ECUADOR, QUE NO SIGUE LAS NORMAS CONSTITUCIONALES IMPUESTAS POR LA NORMA MADRE, SINO QUE TIENE SU PROPIA JURISDICCION, OBVIAMENTE NO ALTERANDO LOS PRINCIPIOS UNIVERSALES DEL DERECHO
        2. LA DOCTRINA
          1. CONJUNTO DE OPINIONES Y CONCLUSIONES DE LOS JURISTAS QUE ESTUDIAN EN DERECHO Y LUEGO LA EXPLICAN EN SUS OBRAS
            1. TIPOS DE DOCTRINAS
              1. LEGE LATA: EXPLICA OBJETIVAMENTE EL DERECHO Y LEGE FEREDA: PROPONE NUEVAS NORMAS, MODIFICACIONES Y MEJORAS EN LA LEY
              2. EN LA ACTUALIDAD, LA DOCTRINA ORIENTA LA INTERPRETACIÓN DEL DERECHO, DA BASES PARA CAMBIOS EN LA LEGISLACIÓN Y EN LA JURISPRUDENCIA
            2. LA JURISPRUDENCIA
              1. DEL CONCEPTO LATINO "IURIS PRUDENTIA", SE CONOCE COMO JURISPRUDENCIA AL CONJUNTO DE LAS SENTENCIAS DE LOS TRIBUNALES Y A LA DOCTRINA QUE CONTIENEN
                1. EL TERMINO TAMBIEN PUEDE UTILIZARSE PARA HACER REFERENCIA AL CRITERIO SOBRE UN PROBLEMA JURIDICO QUE FUE ESTABLECIDO POR SENTENCIAS PREVIAS Y A LA CIENCI DEL DERECHO EN GENERAL
                  1. LA JURISPRUDENCIA ES UNA FUENTE DEL DERECHO, COMPUESTA POR LOS ACTOS PASADOS DE LOS QUE HA DERIVADO LA CREACION O MODIFICACION DE LAS NORMAS JURIDICAS
                    1. POR ESO, EN OCASIONES, SE DICE QUE UN CIERTO CASO "HA SENTADO JURISPRUDENCIA" PARA TRIBUNALES DE UN PAIS
                    2. LOS JUECES EN MUCHAS SITUACIONES O CASOS DEBEN FUNDAMENTAR SUS DECISIONES A PARTIR DE UN REPOSO DE FALLOS PRECEDENTES
                    Zusammenfassung anzeigen Zusammenfassung ausblenden

                    ähnlicher Inhalt

                    Ramas del derecho
                    Mónica Molina
                    DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET
                    valeavenita
                    Tema 2: Constitución Esañola (I)
                    Francisco Afonso
                    DERECHO ROMANO
                    profesorjoelnavarro
                    APUNTES DE DERECHO PROCESAL
                    IGNACIO FERNANDEZ
                    Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.
                    Dania Riverol
                    sistema penal acusatorio
                    Agote la vía gubernativa
                    Derecho Penal
                    freddygroover
                    MARCO JURÍDICO
                    Javier Paz
                    Aplicación de la teoría del conectismo en las cátedras de Derecho Constitucional I y II.-
                    evamarcela.escob
                    Fuentes del Derecho Romano
                    Marisol González