Zusammenfassung der Ressource
TEMA 5 -LAS CORTES GENERALES
- POSICION CONSTITUCIONAL
- ORGANO
CONSTITUCIONAL
- Se le conoce como Poder Legislativo
(inapropiado) porque no es el único
órgano que legisla (DecretoLey,
Legislativo, normas con mismo rango
de ley)
- Leyes emanan del
Parlamento
- ORGANO
REPRESENTATIVO
- UNICO órgano con
legitimidad DEMOCRATICA
DIRECTA (miembros
elegidos por sufragio
universal)
- Mandato
REPRESENTATIVO: NO
Imperativo, NO
revocable, SI renovable
- CARACTERISTICAS
- Por ser gobierno Parlamentario racionalizado, existen
controles sobre sus funciones (TC)
- Parlamento prima sobre el Gobierno pues el
gobierno no puede ser nombrado sin Cámaras:
pero el Gobierno ejerce funciones de manera
independiente a punto que puede disolver las
cámaras parlamentarias, el Gobierno racionaliza el
poder del Parlamento.
- INVIOLABILIDAD
- Constitución le otorga facultades inviolables para que pueda ser
órgano independiente pues su función es muy importante, crea leyes
sin depender de otros poderes, entonces no puede ser coaccionado
sino independiente
- AUTONOMIA
- REGLAMENTARIA
- Reglamentos del Consejo y
Senado
- PRESUPUESTARIA
- Fondos para sus funciones
- DE GOBIERNO
- para elección de órganos de
dirección y producción
- ADMINISTRATIVA
- Personal y material para
el desempeño de sus
funciones
- PARLAMENTARIA
- No soberanía (actos de Cortes
están supeditados a jurisdicción
constitucional)
- ESTRUCTURA
- BICAMERALISMO
(origen UK)
- CONGRESO (Cámara Baja) y
SENADO (Cámara alta)
- SENADO (Estamento de Próceres o
Próceres del Reino): Aristocracia y
Burguesía
- Representación
territorial (CCAA) CE art.
69.1
- Número de senadores
variable (norma: 264)
- La mayoría de senadores elegidos por
los ciudadanos (4 por provincia, 1 ó 3
por isla, y 2 para Ceuta y Melilla)
- Sistema mayoritario (islas menores,
Ceuta y Melilla) y mayoritario corregido
(islas mayores y provincias).
- Resto de senadores: parlamento de
cada Comunidad (mínimo 1,
aumentado en 1 por cada millón de
habitantes).
- Listas abiertas (marcan con
cruces senadores de la lista).
- CONGRESO (Estamento de
Procuradores o Procuradores
del Reino): Elegidos para
representar al pueblo
- 350 diputados
- Circunscripción provincial
- Mínimo dos diputados por provincia
(uno Ceuta y Melilla).
- Resto (248) en proporción a
la población (método
D’hondt).
- Listas cerradas y
bloqueadas.
- Umbral legal 3%.
- ESTATUTO JURIDICO
DE LOS
PARLAMENTARIOS
- NOMBRAMIENTO
- Presentar el acta de
diputado o senador ante la
Cámara correspondiente,
- Declarar los bienes y
actividades (no
incompatibilidad)
- Prestar juramento o
promesa de acatamiento
de la CE en sesión pública.
- SUSPENSION
- sanciones disciplinarias
muy graves o hallarse
inmerso en determinados
procedimientos judiciales.
- PERDIDA DE
CONDICION
- extinción del
mandato;
- fallecimiento o
incapacitación;
- renuncia ante la
Mesa;
- decisión judicial
firme que anule la
elección;
- pérdida de los
requisitos;
- condena a pena de
inhabilitación
(senadores);
- al finalizar la legislatura del
parlamento que hizo la
designacion (senadores).
- DERECHOS Y
DEBERES
- PRIVILEGIOS O
PRERROGATIVAS
- INVIOLABILIDAD
- (art. 71.1 CE). No se puede iniciar
ningún tipo de proceso judicial
por las opiniones expresadas,
los votos emitidos o los escritos
registrados, o por la realización
de actividades oficiales durante
su mandato y en el ejercicio de
sus funciones.
- INMUNIDAD
- Durante su mandato, sólo pueden
ser detenidos en caso de flagrante
delito. Sólo podrán ser inculpados o
procesados penalmente con la
previa autorización de la Cámara
(art. 71.2)
- SUPLICATORIO
- Herramienta de la que dispone el
Derecho Procesal y Parlamentario
español para garantizar la inmunidad
establecida en el art. 71 CE ,
apartado segundo, que durante el
período de su mandato los
Diputados y Senadores gozarán
asimismo de inmunidad y sólo
podrán ser detenidos en caso de
flagrante delito.
- FUERO ESPECIAL
- art. 71.3 CE). En sus
causas sólo es
competente la Sala 2ª
de lo Penal del T.S.
- PREGUNTA
CONCRETA
- IMPERFECTO:
FUNCIONES NO
SIMETRICAS EN EL
LEGISLATIVO
- CONGRESO
- EXCLUSIVIDAD
- elección del Presidente del Gobierno
(moción de censura y cuestión de
confianza)
- convalidación decretos-leyes
- autorización celebración de
referéndum consultivos
- estados de alarma, excepción y
sitio.
- PREEMINENCIA
(inicia la
tramitación)
- autorización de tratados
internacionales;
- SENADO
(excepciones)
- Al Bicameralismo Imperfecto: supuestos de poderes
idénticos: art. 150.3 CE (leyes de armonización) y art.
74.1 CE (competencias no legislativas).
- A la preeminencia del Congreso: art. 155
CE: obligacion constitucional no cumplida
por la CCAA, presidente de la CCAA se
niega,, intervención exclusiva del Senado)
- Pregunta concreta
- OJO! FIJO
PREGUNTA DE
DESARROLLO
- ORGANIZACION
- GRUPOS PARLAMENTARIOS
- ORGANOS DE GOBIERNO Y
DIRECCION
- PRESIDENTE DE CADA CAMARA
(unipersonal)
- MESA
(órgano
colegiado)
- JUNTA DE
PORTAVOCES
- Pregunta concrta
- ORGANOS DE PRODUCCION
PARLAMENTARIA
- PLENO
- órgano que reúne a todos los miembros
de una Cámara a convocatoria de su
presidente. Lugar donde los ciudadanos
visualizan el debate político.
- COMISIONES Y
SUBCOMISIONES
- funcionamiento
diario
- PONENCIA
- órganos de preparación del trabajo legislativo de la
comisión que estudia un proyecto o proposición de ley en
detalle
- DIPUTACION
PERMANENTE
- vela por la continuidad institucional de las
Cortes y por sus atribuciones (cuando no están
reunidas o están disueltas).
- Pregunta concreta
- FUNCIONAMIENTO
- Después de las elecciones y la
celebración de la sesión constitutiva
(art. 62.b convocada por el Rey), cada
Cámara decide (de forma autónoma)
su funcionamiento, hasta su disolución
(legislatura).
- Sesiones en Sep a Dic; Feb a Jun
- Sesión conjunta para competencias NO
legislativas y la inaugural
- QUORUM
- PARA CONSTITUIR
CORTES: Presidente,
Secretario y
Portavoz)
- PARA VOTAR deben estar
la mayoría de los
miembros
- Para APROBAR: MAYORIA
ABSOLUTA para asuntos
determinados; mayoría
simple, regla general
- exigencia de un mínimo de
parlamentarios reunidos
para la validez de las
decisiones del órgano
- FUNCIONES (art. 66 y ss. CE)
- Legislativa > crear leyes
- • Presupuestaria > aprobar ley de presupuestos
generales del Estado. Elaborada por el Gobierno
pero aprobada por las Cortes
- • Impulso de acción política y de
Gobierno > proposiciones de ley,
confianza
- • Control > Parlamento controla al Gobierno >
preguntas e interpelaciones; mecanismos que
exigen responsabilidad política del gobierno >
moción de censura
- • Designacion de determinados cargos
> Defensor del Pueblo, Fiscal Gral del
Estado, miembros del TC
- • Aprueban referéndums consultivos,
tratados internacionales
- PREGUNTA CORTA O DE
DESARROLLO
- DEFENSOR DEL
PUEBLO
- Alto Comisionado de las Cortes para
defender ciudadanos de vulneracion
de derechos por parte de la Admon.
Ante quejas, elabora informe annual
y lo presenta a las Cortes. Informe no
es vinculante pero Cortes actúan
- Es una sola persona
elegida por 3/5 de
cada Cámara
- Nombramiento
por 5 años
- PRERROGATIVAS
- AUTONOMIA
- INVIOLABILIDAD
- FUERO ESPECIAL
- INMUNIDAD
- PREGUNTA
CONCRETA
- TRIBUNAL DE
CUENTAS
- NATURALEZA
JURIDICA
- JURISDICCIONAL
O DE
ENJUICIAMIENTO
- FISCALIZADORA
- Principal función
- Institución de control del gasto
público (Contaduría Mayor de
Cuentas, Tribunal de Hacienda).
Inicia en segunda República, CE
1931. Se establece en año 1935.
- SUJETOS DE
CONTROL
- SECTOR PUBLICO: Estado,
CCAA, corporaciones
locales, SS, organismos
autónomos, empresas
públicas.
- SECTOR PRIVADO:
si lleva actividad
con fondos
públicos.
- ESTATUTO JURIDICO
- LO 2/1982 de
12 de mayo,
Ley 7/1988 de
5 de abril
- COMPOSICION
- FISCAL, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE
CUENTAS (nombrado por Presidente de
Gobierno por 3 años) y 12 CONSEJEROS
(designados por las Cortes (6/6) por 9 años
son inamovibles e independientes
- PREGUNTA
CONCRETA
- RELACIONES CON LAS
CAMARAS
- DISPOSICION TRANSITORIA 1a. LOTCU
para creación de Comisión Mixta
(Congreso y Senado) y su funcionamiento
- INFORME ANUAL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS