Zusammenfassung der Ressource
RESOLUCIÓN 2400 DE 1979
ESTATUTO DE SEGURIDAD
INDUSTRIAL
- Por las cuales se establecen
disposiciones sobre vivienda,
higiene y seguridad
- Título I Disposiciones
Generales
- CAMPO DE
APLICACIÓN
- Se aplican a todos los
establecimientos de trabajo, con el
fin de preservar y mantener la
salud física y mental, prevenir
accidentes y enfermedades
profesionales, para lograr las
mejores condiciones de higiene y
bienestar de los trabajadores en sus
diferentes actividades.
- OBLIGACIONES
DEL PATRONO
- * Elaborar su propia
reglamentación, y hacer
cumplir a los trabajadores
las obligaciones de Salud
Ocupacional que les
correspondan. * Aplicar y
mantener en forma
eficiente los sistemas de
control necesarios para
protección de los
trabajadores.
- OBLIGACIONES
DEL TRABAJADOR
- Título II De los inmuebles
destinados a establecimientos
de trabajo
- * Edificios y locales
- Construcción segura y firme, las instalaciones
deben cumplir con servicios como agua,
desagüe, gas, etc.., espacio cómodo y seguro
para transito y acceso de los trabajadores.
- Servicios de higiene,
higiene en los lugares
de trabajo
- Lavamanos, orinal y ducha 1 por cada 15
trabajadores, mantener en buenas
condiciones de higiene y limpieza
- Evacuación de residuos y desechos
- Deben ser recolectados en recipientes que permanezcan cerrados,
drenajes o desagües que eliminen aguas sucias y desperdicios y
no ser descargadas en fuentes o cursos de agua
- Campamentos de los
trabajadores
- Provisionales- Duración no mayor a un año
- Permanentes-Definitivos
- Título III Normas generales de riesgos físicos,
químicos y biológicos en los establecimientos
de trabajo
- Temperatura,
humedad y calefacción
- Los trabajadores deben estar protegidos por medios naturales o artificiales.
- Ventilación
- En caso de ser necesario dispositivos especiales de
ventilación, en condiciones de perfecto funcionamiento.
- Iluminación
- Iluminación adecuada, que el trabajador no tenga molestias con luz solar directa,
lugares de trabajo con mayor peligro de accidente debe estar con suficiente
iluminación, la iluminación artificial debe ser uniforme y bien distribuida.
- Ruidos y
vibraciones
- Realizar estudios a los establecimientos que se produzcan ruidos y tomar medidas
necesarias para reducir o mitigar estos, todo trabajador expuesto a intensidad de
ruido por encima del nivel permitido se someterá a exámenes periodicos
- Radiaciones ionizantes
y no ionizantes
- Deben ser controlados para que no afecte la salud, exámenes cada 6 meses para
trabajadores expuestos, instrumentos para su medición, tomar distancia del punto de
radiación, limitación de tiempo de exposición, instalar pantallas o escudos protectores.
- Electricidad
- Deben ser construidos, instalados, protegidos, aislados, conservados
de tal manera que se eviten riesgos de contacto accidental.
- Concentración máxima
permisible
- En los establecimientos donde se utilicen sustancias nocivas o
peligrosas para la salud, se fijarán niveles máximos permisibles.
- Contaminación ambiental, Sustancias
inflamables y explosivas, Sustancias infecciosas
y tóxicas,
- Título IV De la ropa de trabajo,
equipos y elementos de protección
- Ropa de
trabajo
- Suministrar a los
trabajadores ropa de
trabajo adecuada
según los riesgos que
está expuesto y las
actividades que
realicen.
- Equipos y
elementos de
protección
- En los establecimientos
donde están expuestos
a riesgos los patronos
deben suministrar
equipos de protección
según la naturaleza del
riesgo.
- Título V De los colores de seguridad
- Título VI De la prevención y
extinción de fuegos
- En todo establecimiento
dispondrá de suficientes
número de tomas de agua con
sus mangueras, extintores con
personal entrenado para la
extinción de fuego.
- Título VII De los
explosivos
- Queda prohibido
exponer los explosivos
a la luz solar u otras
sustancias que lo
activen. Para su
manipulación personal
capacitado y medidas
necesarias.
- Título VIII De las máquinas,
equipos y aparatos en general
- Las máquinas que
presenten peligros a
los trabajadores
deberán ser provistos
de la adecuada
protección, los
trabajadores usarán
la adecuada ropa de
trabajo
- Título IX De las herramientas
en general
- Las herramientas
manuales deberán
ser de buena calidad
y apropiadas para el
trabajo que han sido
realizadas. Los
patronos
suministran las
herramientas y se
tendrá un espacio
para ser guardadas
- Capítulo X Del manejo y transporte
de materiales
- Los patronos deben
establecer un plan de
procedimientos y
métodos de trabajo.
Utilizar métodos
correctos para el
levantamientos de
cargas. Los vehículos
transportadores
deberán cumplir con
los requisitos mínimos
para su transporte
- Título XI De las instalaciones
industriales operaciones y
procesos
- Generadores
de vapor
- Las calderas de vapor serán construidas de acuerdo con el
ICONTEC., llevará un placa visible donde contenga la
información y poseer 2 válvulas de vapor
- Cilindros
para gases
comprimidos
- Cumplir con sus accesorios y aditamentos apropiados para su empleo y
resistentes a presiones internas, debe estar etiquetado con nombre del producto y
ficha técnica, para su adecuado manipulación y de personal capacitado.
- Título XII De la
construcción
- Demolición y
remoción de
escombros
- Se debe hacer por personal capacitado, estudios antes
de la demolición y rellenada para evitar peligros.
Avisos, señales y utilización de EPI.
- Excavaciones
- Se deberá remover los obstáculos antes de empezar la
excavación, proteger los bordes para evitar caídas, ser
inspeccionadas con frecuencia y señalizados
- Andamios
y escaleras
- Deben cumplir con los requisitos exigidos, los andamios colgantes deben ser construidos con
tablones fuertes que soporten el peso, inspeccionar los andamios antes de usarlos. las
escaleras fabricadas de buena calidad, no utilizarlas cuando están averiadas,.
- Título XIII Del trabajo de
mujeres y menores
- Se prohíbe el trabajo a menores que le
impidan ir a la escuela. Menores y mujeres
embarazadas no podrán trabajar en jornadas
nocturnas. Las mujeres iguales oportunidades
que los varones.
- Título XIV Disposiciones finales
- Estarán sujetas a posteriores modificaciones, los encargados de hacer cumplir
estas disposiciones son la división de Salud Ocupacional del Ministerio de
Trabajo y seguridad social. En caso de infracción o incumplimientos se
impondrán las sanciones