Zusammenfassung der Ressource
INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES
Alexandra Forero Barrera Asod
- INCIDENTE: Es casi un
accidente
- ACCIDENTE: Cuando se lleva a cabo y se tiene una lesión y se reporta
- CAUSAS BÁSICAS:: Causas reales que se manifiestan detrás de los síntomas
- Razones por las que se presentan las causas inmediatas y permiten determinar, por que se presentan las
condiciones subestándar o por que las personas cometen actos subestándar
- (factores personales y de trabajo) Factores de trabajo: supervisión deficiente,
ingeniería inadecuada deficiencia en las adquisiciones… Factores personales: poca capacidad, tensión física,
falta de conocimiento…
- CAUSAS INMEDIATAS: Actos subestandar: o aseguro, no advirtió. CONDICIONES SUBESTANDAR: hueco,aceite.
- Circunstancias que se presentan justamente antes del contacto que genera la
lesión
- Actos subestándar: operar equipos sin autorización, no asegurar, no usar E.P.P., almacenar
incorrectamente… Condiciones subestándar: Resguardos inadecuados, equipos o materiales
defectuosos, radiaciones, fallas en orden y aseo…
- AMBIENTE DE TRABAJO: Es el conjunto de condiciones que rodea a una persona en su lugar de trabajo.
- LUGAR DE TRABAJO: Espacio físico en el que se realizan actividades relacionadas con el trabajo.
- CONSECUENCIA: Estado de salud de las personas como resultado a una exposición a un factor de riesgo.
- EXPOSICIÓN: Es el contacto que tienen los trabajadores con los factores de riesgo laboral.
- FACTOR DE RIESGO: Objeto y comportamientos con potencial de generar daño.
- RIESGO: La probabilidad de que ocurra u evento accidental o enfermedad ante la exposición a un peligro.
- PELIGRO: Agente, condición o característica del ambiente laboral que determinan una probabilidad de que ocurra un evento accidental o enfermedad laboral.
- ACCIDENTE LABORAL: Suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo,y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, invalidez o muerte
- ENFERMEDAD LABORAL: Es aquella , que contrae el trabajador como resultado a largo plazo de la exposición a factores de riesgo propio de la actividad laboral.
- ACCIDENTE LABORAL: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con este, que tubo potencial de ser un accidente, en que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o presentaran daños a la propiedad
- ACCIDENTE GRAVE: Aquel que genera las siguientes lesiones: Amputación de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos, traumas craneoencefálicos; quemaduras de 2 y 3 grado
- OBLIGACIONES DE LOS APORTANTES
- Solicitar el formato e instructivo de investigación de incidentes y accidentes de trabajo, a la
Administradora de Riesgos Laborales.
- Investigar los incidentes y accidentes de trabajo, dentro de los 15 días siguientes a la ocurrencia del
evento.
- Revisar hechos y evidencias.
- Determinar las causas inmediatas (actos y condiciones subestándar) y causas básicas (factores del
trabajo y personales).
- I Establecer medidas correctivas que prevengan la recurrencia del accidente, elaborar el plan de
acción, coordinar su ejecución y realizar el seguimiento correspondiente.
- Preparar el informe de la investigación, según lo descrito en el Capítulo II de la Resolución 1401 de
2007 (Ministerio de Trabajo).
- Apoyar al Representante Legal en el desarrollo de sus funciones:
- OBLIGACIONES DE LA ARL
- Asesorar a los empleados
- Desarrollar e implementar una metodología para la investigación de accidentes e incidentes
- Suministrar el formato de investigación de accidentes
- Capacitar continuamente al aportante, al equipo investigador y al comité paritario y el encargado del SG- SST
- Realizar seguimiento de las medidas de control
- Informar a los aportantes el resultado de la información
- APLICA RESOLUCIÓ 1401/ 2007
- Empleadores púlico y privados
- Trabajadores independientes y dependientes
- Al sistema de seguridad social integral
- ARL
- Contratistas de personal bajo modalidad de contrato civil
- REMISIÓN DE INVESTIGACIONES
- APORTANTE
- Tiene dos días hábiles para reportar el accidente o la enfermedad
- ARL
- Una vez reportado el accidente emite su concepto en un plazo no mayor a 15 días
- Cundo es accidente es mortal el informe se remite a la dirección territorial del trabajo en un plazo de 10 días y luego emiten su concepto
- CAUSAS DEL INCIDENTE ACCIDENTE
- Razones por las cuales ocurre el accidente o incidente se deben relacionar todas las causas
- COMPROMISO
- Se describen las medidas de intervención donde la empresa se compromete a adoptar, evitar y prevenir la ocurrencia de cualquier eventualidad similar
- DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE
- El informe debe contener el relato completo y detallado de los hechos del accidente e incidente de acuerdo con la inspección realizada al sitio de los hechos
- CONTENIDO DEL INFORME DE INVESTIGACIÓN
- ANSI-Z-16-1-Z-16-2-1
- Características específicas sobre el tipo de lesiones, parte del cuerpo afectada, lesión precisa que sufrió el trabajador, agente y mecanismo del accidente y sitio exacto donde ocurrió el evento
- Descripción clara y completa del accidente , análisis causal detallado, medidas de control y conclusiones
- RESOLUCIÓN 0156 / 2005
- Determinar las causas y los hechos y situaciones
- INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES CUANDO NO ESTAN VINCULADOS MEDIANTE CONTRATOS
- Cuando el trabajador este en misión, asociado o independiente la responsabilidad es de la empresa que lo contrata o el contratista
- EQUIPO INVESTIGADOR
- Jefe inmediato
- Un representante del copasso
- El encargado del Área de SG-SST
- Alexandra Forero Barrera id: 651996 GIRÓN
- Resolución 1401/2007 1562/2012
- Responsabilidad laboral: Surge al momento de pactar el contrato de trabajo entre el empleador y el trabajador art: 56 CST
- Sanción monto: ley 1562/2012 art 13
- Responsabilidad administrativa: surge por el incumplimiento o violación de normas legales en materia de riesgos laborales, de seguridad y salud en el trabajo.
- Sanció monto: ley 1562/2012 modificación art 91 decreto 1295 / 1994
- Responsabilidad civil: es la obligación de responder a daños a terceros art 216 CST
- Sanción monto: código civil art 2356
- Responsabilidad penal: la impone el estado y consiste en evaluar el grado de intensión dolosa y culposa
del causante del hecho Tiene soporte legal en el Libro 2, Titulo I - Delitos contra la vida y la integridad
personal. Capítulo Segundo, Capítulo Tercero, del Código Penal Colombiano.
- Sanción monto: Artículo 97 del C.P. Responsabilidad civil derivada del hecho punible: «Indemnización
por daños.
- Art. 109 del C.P. Homicidio culposo: «El que por culpa matare a otro, incurrirá en prisión de treinta y dos
(32) a ciento ocho (108) meses y multa de veinte y seis punto sesenta y seis (26.66) a ciento cincuenta
(150) SMLMV».
- Art. 111 del C.P. Lesiones personales: «El que causare a otro daño en el cuerpo o en la salud, incurrirá
en las sanciones establecidas en los artículos siguientes.
- Decreto 472 del 17 de marzo de 2015 “Por el cual se reglamentan los criterios de graduación de las multas
por infracción a las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales,