El sistema Jurídico proviene
de tres sistemas,
convirtiéndolo en un sistema
mixto
Neoconstitucionalismo
Sistema Romano /
Ordenamiento Jurídico
Sistema Consuetudinario
o Common Law
Las principales fuentes de derecho son:
Constitución de la República y Ley
Ley que rige a todo el Estado, es de
tipo reguladora que propugna la
paz, el orden y la seguridad de
gobernantes y gobernados. Se estipula:
Tratados y convenios internacionales
con derechos y obligaciones
Leyes orgánicas para el sector público
como leyes ordinarias para personas
naturales
Decretos con la voluntad del
mandato soberano
Estatutos para instituciones publicas y
privadas
Ordenanzas, reglamentos, acuerdos y
resoluciones
La Costumbre
En el Ecuador se la conoce como derecho
consuetudinario y está considerada como
una fuente secundaria. Se basa en lo
material y psicológico
Según la ley
Contra la ley
Fuera de la ley
Jurisprudencia
Ciencia del derecho y
puede surgir del conjunto
de sentencias para casos
análogos.
Doctrina Científica
Permite perfeccionar el derecho y la
justicia ya que es un aliado
importante al momento de
interpretar correctamente a las
normas, las reglas y los principios
jurídicos
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.