Zusammenfassung der Ressource
Los contratos de trabajo
- El contrato de trabajo
- La información sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo y las principales condiciones de
ejecución de la prestación laboral, el empresario debe facilitársela al trabajador art 8.5, ET
- La información a que se refiere el apartado anterior incluirá):
- Identidad de las partes
- Fecha de comienzo de la RL y duración previsible
- Domicilio social de la empresa
- Grupo profesional
- Cuantía del salario base inicial y de los c. salariales
- Los plazos de preaviso en caso de extinción del contrato
- El empresario deberá informar por escrito al trabajador sobre cualquier modificación de los elementos y
condiciones del contrato
- Duración de la jornada y de las vacaciones
- El convenio colectivo aplicable a la relación laboral
- Es un acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del
empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución
- Puede formalizarse por escrito o de
palabra.
- Prácticas. Formación. A tiempo parcial, fijo discontinuo y de relevo. A distancia. Trabajadores
contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. Los contratos por tiempo
determinado. Los contratos por tiempo indefinido.
- Duración del contrato de trabajo
- Dos modalidades: Contrato de duración determinada y contrato por tiempo indefinido.
- Los supuestos de contratos de duración determinada más típicos según ET:
- Por obra o servicio determinados.
- no superior a tres años ampliable hasta doce meses más por convenio colectivo
- Por circunstancias de la producción.
- duración máxima de seis meses, dentro de un periodo de doce meses modificable por convenio colectivo
- De
interinidad
- depende de la causa de sustitución
- Se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de
ley.
- Extinción del contrato de
trabajo
- Art. 49 . Se extinguirá:
- Por mutuo acuerdo de las partes
- Por causas lícitas válidamente dadas en el contrato
- Por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato
- Por dimisión del trabajador con su preaviso correspondiente
- Por fallecimiento, jubilación o incapacidad del trabajador
- Por fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación de trabajo (art. 51.7)
- Por despido o por despido colectivo
- Por voluntad del trabajador
- Por causas objetivas legalmente procedentes.
- Por decisión de la trabajadora como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
- El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia, o, en su
caso, el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación
de las cantidades adeudadas.
- Papel del convenio
colectivo
- Los convenios colectivos, como resultado de la negociación desarrollada por los representantes de los trabajadores y
de los empresarios, constituyen la expresión del acuerdo libremente adoptado por ellos en virtud de su autonomía
colectiva.
- Los trabajadores y empresarios regulan las condiciones de trabajo y de productividad
- . Los convenios colectivos tendrán el ámbito de aplicación que las partes acuerden
- Dichas organizaciones de trabajadores y empresarios podrán igualmente elaborar acuerdos sobre materias concretas
- Corresponde a las partes negociadoras establecer la duración de los convenios
- Denunciado un convenio y hasta tanto no se logre acuerdo expreso, perderán vigencia sus cláusulas obligacionales
- El convenio que sucede a uno anterior deroga en su integridad a este último, salvo los aspectos que expresamente se
mantengan
- El convenio entrará en vigor en la fecha en que acuerden las partes