Zusammenfassung der Ressource
IEPS
- TITULO I
- CAPITULO I
DISPOSICIONES
GENERALES
- Artículo 1,
Obligación de las PF y
PM al pago del
presente impuesto
- Artículo 2, Aplicación de
tasas y cuotas
- Artículo 3, Para
efectos de esta ley se
entiende por:
- Articulo 4, Los contribuyentes pagaran
el impuesto a su cargo, sin que
proceda acreditamiento alguno contra
dicho pago
- Artículo 5, Se calculará
mensualmente y se pagará a mas
tardar el día 17 del mes siguiente al
que corresponda el pago
- Artículo 6, Devolución
de bienes enajenados,
descuentos o
bonificaciones,
disminución del
impuesto causado por
tales conceptos
- MECANICA OPERATIVA
- Adicionalmente a las tasas establecidas se
pagará una cuota de $0.35 por cada cigarro
enajenado o importado
- Tratándose de
fracciones de
medida, la cuota se
aplicará en la
proporción en que
correspondan.
- Tabla 1, categorías de peligro de
toxicidad aguda
- Gasolina menor a92 octanos 40.52
centavos por litro, Gasolina mayor o
igual a 92 octanos 49.44 centavos por
litro, Diésel 33.63 centavos por litro.
- Únicamente procederá el acreditamiento
del impuesto trasladado al
contribuyente por la adquisición de
bienes
- El pago mensual será la diferencia que resulte de
restar a la cantidad que se obtenga de aplicar la
tasa que corresponda a las contraprestaciones
efectivamente percibidas en el mes
- CAPITULO II DE LA ENAJENACIÓN
- CAPITULO III DE LA
IMPORTACIÓN DE
BIENES
- CAPITULO IV DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
- CAPITULO V DE LAS
OBLIGACIONES DE LOS
CONTRIBUYENTES
- CAPITULO VI DE LAS
FACULTADES DE LAS
AUTORIDADES
- CAPITULO VII DE LAS
PARTICIPACIONES A LAS
ENTIDADES FEDERATIVAS