Los Contratos de Trabajo son documentos de
carácter legal donde se pactan las condiciones de
trabajo por los servicios prestados bajo relación
de dependencia, a cambio de un sueldo o salario
Justo, establecido en el artículo 55 de la LOTTT
Elementos Esenciales
Capacidad
Se refiere básicamente a la
edad que deben tener las
partes para poder celebrar
un contrato de trabajo. (Art.
96 LOPNA fija como edad
minina para los menores de
edad).
Consentimiento
de las partes
Debe celebrarse por
voluntad de las partes
Objeto
El objeto del contrato
de trabajo es el de
establecer las
condiciones de
trabajo entre las
partes.
Causa Licita
La labor que se va a
realizar debe estar de
acuerdo con la ley, la
moral y las buenas
costumbres.
Características
Consensual: ya que se perfecciona
mediante el concurso de la voluntad de
ambas partes
Bilateral o sinalagmático: porque produce
obligaciones a cargo de cada uno de los
contratantes, que deben ser cumplidas de
buena fe y con la diligencia de un buen
padre de familia, o sea, de una persona
normal.
Oneroso; porque cada una de las partes
trata de procurarse una ventaja mediante un
equivalente.
Conmutativo; por cuanto cada parte conoce y
puede evaluar, en el momento de celebrarse
el contrato, la ventaja que obtendrá de este.
Es generalmente estimado intuitu personae
respecto al trabajador y, excepcionalmente,
respecto al patrono.
De ejecución duradera; ya que sus efectos no
se reducen al solo momento de la
contratación, como en la venta, la permuta, etc.
Es regularmente informal; pero, en ciertos
casos, la ley exige la forma escrita: contratos
de trabajos a término; contratos de deportistas
profesionales; contratos de navegación; de los
ciudadanos venezolanos para servir en el
extranjero; las convenciones colectivas, etc.
Es tracto sucesivo; ya que la prestación del
servicio por el trabajador supone la obligación
por parte del beneficiario de la remuneración y
otros beneficios sucesivos a este.
Tipos de Contratos Laborales
1. Contrato por tiempo determinado: El
patrono y el trabajador acuerdan el inicio y
fin de la relación laboral.
Anmerkungen:
Artículos: 62 y 64 de la
LOTTT
2. Contrato por tiempo indeterminado: El
trabajador es contratado de forma
permanente o fija.
Anmerkungen:
Artículo 61 de la LOTTT
3. Contrato para una obra determinada: El
trabajador es contratado para una obra
específica.
Anmerkungen:
Artículo 63 de la LOTTT
Contenido de un contrato laboral
Según lo establecido en el artículo 59 de la LOTTT
Algunas especificaciones del contrato son las siguientes:
1. Identificación plena de las partes.
2. Personas jurídicas: deben incluir los datos
correspondientes a su denominación, domicilio y
la identificación de la persona natural que la
represente.
3. La denominación del puesto de trabajo o cargo,
con una descripción de los servicios a prestar, con
la mayor precisión posible.
4. La fecha de inicio de la relación de trabajo.
5. La duración de la jornada ordinaria de trabajo.
6. El salario estipulado o la manera de calcularlo y
su forma y lugar de pago, así como los demás
beneficios a percibir.
7. El lugar donde deban prestarse los servicios.
8. Los demás criterios establecidos en los
reglamentos de la Ley.
Obligaciones de las partes
“El contrato obligara a lo expresamente pactado y a
las consecuencias que se deriven de el según la ley,
las convenciones colectivas, las costumbres, el uso
local, la equidad y el trabajo como un hecho social”
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.