Zusammenfassung der Ressource
CAPITULO IV
- MODALIDADES DEL CONTRATO
- (FORMA, CONTENIDO, DURACIÓN, REVISIÓN, SUSPENSIÓN Y PRUEBA DEL CONTRATO).
- El contrato de trabajo se
puede dar de manera
verbal o escrita. Salvo
disposicion expresa en
contrario, por ejemplo
en el contrato laboral el
periodo de prueba, este
no tiene validez verbal
- Es así como
- Dentro de los contratos verbales las
partes (empleador y trabajador)
deben ponersen de acuerdo en tres
aspectos fundamentales, la
condición del trabajo a realizar y el
lugar, el tiempo de duración y la
forma y el valor de la remuneración
- De otro lado
- En los contratos escritos se debe
estipular claramente las pretensiones
de los interesados, es de resaltar que
este tipo de contrato está exento de
impuestos de sellado y timbre
nacional. El contrato escrito debe
contener la información detallada
como lo es, objeto del contrato, lugar
de celebración, cuantía de
remuneración, duración y toda la
información pertinente.
- Entonces resulta que
- Las empresas deben llevar
un control de identificación
de su personal, los
empleados deben ser
carnetizados por el
empleador y este debe
contener, nombre, número
de cédula y cargo
- por consiguiente
- Los empleadores que tengan a
su servicio cinco trabajadores o
más sin contrato escrito o sin
carnet deben llevar un registro
de ingreso de trabajadores
firmado por las dos partes,
donde se haga evidente la
cuantia y forma de
remuneración, la duración del
contrato y la especificación del
trabajo con la estipulación del
sitio donde ha de realizarse
- De lo anterior
- Cuando a servicio del
empleador existan menos de
cinco trabajadores y no se haya
celebrado contrato escrito, el
empleador a solicitud de quien
interese deberá expedir
certificación del contrato
laboral.
- Es oportuno ahora
- Aclarar que en los contratos
laborales a raíz de las clausulas
ineficaces, las condiciones que
desmejoren la situación del
trabajador no producen ningún
efecto
- Habría que decir también
- Que el contrato de
trabajo puede
acordarse por un
tiempo indefinido, un
tiempo determinado o
solo para la realización
de una labor
especifica
- Hay otro aspecto a tratar
- Sobre el contrato a termino fijo podemos afirmar
que no debe ser superior a tres años, y siempre debe
realizarse por escrito, pero si el contrato se fija a un
termino fijo inferior a un año solamente se podrá
prorrogar sucesivamente hasta por tres periodos
iguales o inferiores y su termino de ronovacion no
podra ser superior a un año
- Ahora bien
- Todo contrato que no estipule un
termino será entendido como
indefinido, el trabajador podra
terminarlo con un manifiesto
escrito treinta días antes para
permitir su reemplazo y no
entorpecer las funciones de su
cargo
- Esto nos lleva a ...
- Que todo contrato es susceptible de revisión toda vez que
no haya acuerdo en las alteraciones del contrato, para
ello la autoridad competente decidirá sobre ello
- De igual modo
- El contrato de trabajo puede suspenderse por la muerte o
inhabilidad del empleador, por fuerza mayor o caso
fortuito, por la suspensión de las actividades, por permiso
temporal, por ser llamado a prestar servicio militar, por
detención preventiva del trabajador y por huelga
- Ahora bien
- Una vez desaparezcan las causas
anteriores el empleador deberá
avisar a sus trabajadores por
medio de notificaciones
personales o avisos publicados
no menos de dos veces en un
periódico local y los trabajadores
cuentan con 3 días siguientes a
la notificación para presentarse a su lugar de trabajo
- Al mismo tiempo
- Durante el período de las suspensiones se dan por interrumpidas las
obligaciones del trabajador, así como la obligación del empleador de pagar
los salarios . el empleador deberá cumplir con obligaciones que devengan
por muerte o enfermedad de los trabajadores y es de recalcar que durante
estos períodos de suspensión pueden descontarse por el empleador al
liquidar las jubilaciones, vacaciones o cesantías
- Así y todo
- La validez y los términos del contrato pueden justificarse por los medios probatorios ordinarios