Etapas del Procedimiento
Administrativo de Ejecución
1.- Procedimiento de Pago
Con este paso se
inicia
prácticamente lo
que es el PAE, ya
que el
requerimiento de
pago se trata de
que un ejecutor
designado por la
autoridad fiscal se
presente en el
domicilio del
contribuyente
deudor para
notificar y hacer
constar de la
entrega del
mandamiento de
Ejecución, así
mismo se solicita a
dicho
contribuyente
demostrar si ya fue
cubierto el crédito
fiscal, ya que de lo
contrario se
procederá a
realizar el embargo
de bienes
suficientes para
cubrirlo.
3.- Remate
Esta es básicamente
la última etapa del
PAE, durante ésta la
autoridad fiscal
enajena en subasta
pública o fuera de
subasta, los bienes
embargados para
obtener los ingresos
necesarios para
cubrir el crédito fiscal,
así como sus
respectivos
accesorios.
2.- Embargo
En esta etapa, si el
contribuyente no
demostró el pago
del crédito fiscal por
el cual se le notifico,
el ejecutor levantará
un Acta de Embargo,
en el cual la
autoridad fiscal
procederá a la
recuperación de
dicho crédito, a
través del
aseguramiento de
bienes propiedad
del contribuyente
deudor, los cuales
serán rematados o
adjudicarlos a favor
de la autoridad,
(artículo 151 CFF).
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.