Ley foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones

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Mindmap am Ley foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones, erstellt von Ainara Armendáriz Andueza am 28/02/2020.
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Zusammenfassung der Ressource

Ley foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones
  1. TITULO PRELIMINAR: Disposiciones Generales
    1. capitulo I: Del ámbito de aplicación de la ley Foral
      1. Art.1: objeto
        1. La regulación del régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra
        2. ART.2: Concepto de subvención
          1. Toda disposición dineraria realizada a favor de personas públicas o privadas y que cumplan los siguientes requisitos: - que la entrega se realice sin contraprestación directa// que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, realización de una actividad, ya realizados o por realizar// que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés sociLal
            1. No tendrán comprendidas las aportaciones dinerarias a entidades integrantes del sector público cuyos presupuestos se integren en los Presupuestos Generales de Navarra
              1. No tendrán caracter de subvenciones: Las aportaciones por acto de terrorismo// Los beneficios fiscales//Las indemnizaciones por responsabilidad patrimonial de la Administración// Los conciertos educactivos//Ayudas individualizadas de transporte y comedor escolar// libros de texto
              2. Art.3: Exclusiones del ámbito de aplicación de la ley Foral
                1. Los premios oficales que convoquen con publicidad las Administraciones Públicas de navarra y aquellos otros que se otorguen sin la previa solicitud del beneficiario.
                  1. las subvenciones previstas en la legislación electoral
                    1. Las subvenciones destinadas a la financiación de partidos políticos conforme a su normativa específica y a los grupos parlamentarios
                    2. Art.4: Régimen jurídico de las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea
                      1. Se regirán por por las normas comunitarias aplicables en cada caso, y por las normas nacionales de desarrollo o trasposición de aquellas
                        1. Los procedimientos de concesión y control de las subvenciones regulados en esta Ley Foral tendrán carácter supletorio respecto de las normas de aplicación directa a las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea
                      2. capítulo II:
                        1. Art.5: Principios generales
                          1. La gestión de las subvenciones se realizará de acuerdo a los siguientes principios
                            1. Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación y control
                              1. Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante
                                1. Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos
                                2. Los órganos que propongan el establecimineto de subvenciones, con carácter previo, deberán formular los objetivos y efectos de utilidad pública o social que se pretenden con su aplicación, el plazo para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación
                                  1. Cuando los objetivos que se pretende conseguir afecten al mercado, su orientación debe dirigirse a corregir fallos claramente identificados y sus efectos deben ser mínimamente distorsionadores
                                  2. Art. 5 bis: Planificación
                                    1. La Administración Foral de Navarra establecerá, con carácter general, un plan estratégico de subvenciones, con pericidad trienial, desglosado en departamentos y líneas de actuación. Dicho plan deberá contar con la autorización del despartamento competente en materia económica. Será revisado anualmente, y se incorporarán modificaciones necesarias. El plan estratégico será presentado anualmente ante la comisión competente en materia económica del Parlamento de Navarra antes del 30 abril de cada año.
                                    2. Art.6: Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones
                                      1. La concesión de subvenciones deberá realizarse atendiendo a las bases reguladoras que se aprueben al efecto, en los términos establecidos en ésta Ley Foral.
                                      2. Art 7: competencias
                                        1. La concesión de las subvenciones corresponde al órgano administrativo que tenga atribuida la competencia para dictar resoluciones administrativas de que se trate.
                                          1. SErá necesario el acuerdo del Gobierno de Navarra para autorizar la concesión de subvenciones superiores a 1 millón de euros. Esta autorización precia del Gobierno de N. no llevará implicita la autorización del gasto correspondiente a que se refiere el art. 55 de la Ley Foral 8/1988, de 26 de Diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra.
                                          2. art.8: Beneficiarios
                                            1. Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la persona que haya de realizar la actividad o que se encuentre en la situación que fundamento su otorgamineto.
                                            2. Art. 9: Obligaciones de los beneficiarios
                                              1. Art.10: Entidades colaboradoras
                                                1. art. 11: Convenio de colaboración
                                                  1. Art. 12: Obligaciones de las entidades colaboradoreas
                                                    1. Art 13: Requisitos para obtener la condición de beneficiario o de entidad colaboradora
                                                      1. Art. 14: Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones
                                                        1. Art. 15: Publicidad de las subvenciones concedidas
                                                          1. Art. 16: Financiación de las actividades subvencionadas
                                                        2. TÍTULO I: Procedimientos de Concesión y Gestión
                                                          1. CApítulo i
                                                            1. Art 17: Procedimientos de concesión
                                                            2. Capítulo ii
                                                              1. Art. 18: Actuaciones previas
                                                                1. Art. 19: Iniciación
                                                                  1. Art. 20: Instrucción
                                                                    1. Art 21: Resolución
                                                                      1. Art.22: Notificación de la resolución
                                                                        1. art. 20 bis: Reformulación de las solicitudes
                                                                        2. Art. 23: Desestimación presunta
                                                                          1. Art 24: Recursos
                                                                          2. Capítulo iii:
                                                                            1. Art. 25: Concesión directa de subvenciones
                                                                            2. Capítulo IV:
                                                                              1. art 26: Subcontratyación de las actividades subvencionadas por los beneficiarios
                                                                                1. Art. 27: Justificación de las subvenciones públicas
                                                                                  1. Gastos subvencionables
                                                                                    1. Art.28 bis: Remanentes no invertidos
                                                                                      1. Art. 29: Comprobación de inversiones
                                                                                      2. Capítulo V
                                                                                        1. Art.30: Convocatorias
                                                                                          1. Art 31: Concesión de subvenciones
                                                                                            1. Art.32 : Pago
                                                                                              1. Art.33: Anticipo de subvenciones
                                                                                                1. Art. 33 bis: Plazos de ejecución
                                                                                              2. TÍTULO II: Reintegro de las subvenciones
                                                                                                1. Capítulo I
                                                                                                  1. Art.34: Invalidez de la resolución de concesión
                                                                                                    1. Art.35: Causas de reintegro
                                                                                                      1. Art. 36: Compensación de deudas
                                                                                                        1. Art. 37: Obligados al reintegro
                                                                                                      2. TÍTULO III: Seguimiento y control de las subvenciones
                                                                                                        1. Capítulo I
                                                                                                          1. art. 38: Seguimiento
                                                                                                            1. Art. 39 Deber de colaboración
                                                                                                            2. Capítulo II
                                                                                                              1. Art.40: Control financiero d elas subvenciones
                                                                                                                1. Art.41: Indicios de delito contra la Hacienda Pública
                                                                                                              2. TÍTULO IV: Infracciones y sanciones
                                                                                                                1. Capítulo I:
                                                                                                                  1. Art. 42: Infracciones
                                                                                                                  2. Capítulo II
                                                                                                                    1. Art. 43: Sanciones
                                                                                                                      1. Art. 44: Organos competentes para el ejercicio de la potestad sancionadora
                                                                                                                        1. Art.45: Responsabilidades
                                                                                                                          1. Art.46: Procedimiento sancionador
                                                                                                                            1. Disposición adicional primera. Convenios con entidades financieras
                                                                                                                              1. Disposición adicional segunda: Remanente
                                                                                                                                1. Disposición tercera: Subvenciones de cooperación internacional
                                                                                                                                  1. Disposición adicional cuarta
                                                                                                                                    1. Disposición transitoria primera. Procedicmientos ya iniciados
                                                                                                                                      1. Disposición Transitoria segunda: ayudas sujetas a normativas comunitarias
                                                                                                                                        1. Disposición degoratoria única. Disposiciones derogadas
                                                                                                                                          1. Disposición final única. Autorizaciones reglamentarias
                                                                                                                                        Zusammenfassung anzeigen Zusammenfassung ausblenden

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