Generalidades del impuesto al valor agregado (IVA)

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Generalidades del impuesto al valor agregado (IVA)
  1. Es un impuesto de carácter nacional, de naturaleza indirecta, instantáneo, que se aplica en las diferentes etapas del ciclo económico de producción, importación y distribución.
    1. elementos del impuesto
      1. Sujeto pasivo: personas naturales, jurídicas, y/o asimiladas que recaudan el impuesto y que, por tanto, asumen obligaciones con la DIAN, a quienes en el caso del IVA se les ha catalogado como responsables.
        1. 2. Sujeto activo: aquel que tiene la facultad de exigir el pago del impuesto y el cumplimiento de las obligaciones inherentes al mismo
          1. 3. Hecho generador: aquellas situaciones, previstas en la ley, que al realizarse generan el impuesto
            1. 4. Base gravable: cuantificación del hecho generador.
              1. 5. Tarifa: porcentaje que debe aplicarse a la base gravable, para calcular el impuesto.
              2. el IVA generado y el IVA descontable
                1. IVA descontable: se refiere al impuesto a las ventas (IVA) que puede solicitarse como descuento en la respectiva declaración de IVA y que ha sido pagado para poder comprar o construir el bien o prestar el servicio.
                  1. IVA generado: el IVA que el comerciante cobra al cliente o consumidor. Este IVA se debe declarar y pagar, porque es un impuesto que el responsable del IVA cobra en nombre del Estado y que después tiene la obligación de transferirle. 7 Por tanto, al final, el contribuyente solo paga la diferencia entre el IVA generado y el IVA descontable
                  2. el régimen simplificado y común del IVA
                    1. Al régimen simplificado del impuesto sobre las ventas pertenecen las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones establecidas en el artículo 499 del Estatuto Tributario (ET)
                      1. Son responsables del impuesto a las ventas (IVA) pertenecientes al régimen común, todas las personas jurídicas y aquellas personas naturales que no cumplan los requisitos para pertenecer al régimen simplificado. Toda persona jurídica por el solo hecho de ser jurídica pertenece al régimen común
                      2. periodo gravable del IVA?
                        1. Bimestral
                          1. Cuatrimestral
                            1. Anual
                        2. el hecho generador del IVA
                          1. Según el artículo 420 del Estatuto Tributario (ET), el impuesto a las ventas (IVA) se aplicará sobre:
                            1. Las ventas de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidas expresamente.
                              1. La prestación de servicios en el territorio nacional
                                1. La importación de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos expresamente.
                                  1. La circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar con excepción de las loterías
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