Zusammenfassung der Ressource
NIF B-3 Estado de
resultado Integral
- Introducción
- Entra en vigor en el 2007,
emitida por el Consejo
Mexicano de Normas de
Infromación Financiera.
- Razones para emitir esta
norma: el CINIF considera
modificar la NIF B-3 en el
mismo sentido que la NIC 1
- Principales cambios: la entidad
puede elegir presentarlo en
uno o dos estados.
- Estructura: ORI, se presentan
enseguida de la utilidad o
perdida neta, si se presntan dos
estados el segundo debe iniciar
con la utilidad neta y enseguida
los ORI.
- Bases del Marco Conceptual: serie
NIF - A, especificamente la NIF A-3,
NIF A-4, NIF A- 5 y la NIF A-7.
- Objetivo
- Esta Norma de Información Financiera es para establecer:
- Las normas generales para la presentación.
- La estructura del Estado de Resultado Integral.
- Los requerimientos mínimos de su contenido.
- Las Normas generales de revelación.
- Esta NIF establece lineamientos con el propósito de lograr una mejor
representatividad de las operaciones de una entidad, así como para
promover la comparabilidad de la información financiera.
- Alcance
- Esta NIF es aplicable a las entidades lucrativas que emiten
estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3.
- Las entidades con propósitos no lucrativos no
están comprendidas en el alcance de esta NIF.
- La NIF no trata normas particulares de reconocimiento inicial
y posterior ni la valuación los ingresos, costos y gastos.
- Normas de
presentación
- El estado de resultado integral debe
mostrar la información relativa a las
operaciones de una entidad
durante un periodo contable
- El estado de resultado integral
debe incluir:
- Los ingresos que genera una
entidad, descuentos,
bonificaciones y devoluciones.
- Los costos y gastos relativos a las
actividades de operación de la
entidad, aquí también se deben
incluir los costos por huelga o
reparaciones por daños de un
fenómeno natural.
- Participación en la utilidad o pérdida
neta de otras entidades, debe
presentarse, siempre que se
considere una actividad accesoria.
- Impuestos a la utilidad, se informa
el importe de los impuestos a la
utilidad del periodo.
- Utilidad o pérdida de operaciones
continuas, suma algebraica de la utilidad o
pérdida antes de impuestos a la utilidad y el
rubro de impuestos a la utilidad.
- Deben presentarse los ingresos,
costos y gastos derivados de las
operaciones discontinuadas,
resultado del periodo, netos de
impuestos a la utilidad y PTU.
- Utilidad o pérdida neta, representa la
suma algebraica de la utilidad o
pérdida de operaciones continuas o
discontinuas.
- La entidad debe presentar los movimientos del
periodo relativos a cada uno de los otros
resultados integrales (ORI) clasificados por
naturaleza, su impuesto a la utilidad y su PTU.
- clasificacion de costos y gastos: sector
o industria al que pertenece. base de
criterios en función y naturaleza de los
costos y gastos.
- Función: costo de ventas o de servicios (costo de
adquisición de los artículos vendidos o el costo de los
servicios prestados) y gastos generales (gastos de
venta y distribución, gastos de administración y gastos
de investigacion).
- Naturaleza: desglosa los rubros de costos y
gastos, atendiendo a la esencia específica del
tipo de costo o gasto de la entidad; es decir, no
se agrupan en rubros genéricos.
- Periodos en el que se DEBE
presentar: se debe emitir por lo
menos una vez al año y se deben
presentar en forma comparativa con
el periodo anterior.
- Normas de
Revelación
- Información a revelar dentro
de los estados financieros
- Segregación de la
utilidad o pérdida neta
- Dentro del estado de
resultado integral se
debe revelar la
segregación de la
utilidad o pérdida neta
consolidada
correspondiente a la
parte controladora y la
no controladora
- Segregación del
resultado integral
- Dentro del estado de
resultado integral o, en
su caso, el estado de
otros resultados
integrales. Este debe
revelar la segregación
del resultado integral en
los importes
correspondientes a la
parte controladora y no
controladora
- Utilidad por acción
- Es determinada
sobra sobre la
utiidad o pérdida
neta; debe
revelarse al calce
del estado de
resultado integral
o estado de
resultados
- Revelaciones en notas a los
estados financieros
- La entidad debe revelar el importe y la
naturaleza de las partidas de ingreso,
costo y gasto, asi como rubros con
importancia relativa como:
- -Pérdidas por deterioro derivadas de catigos a
inventarios hasta su valor neto de realización;
o de las partidas de propiedad, planta y equipo
hasta su importe recuperable
- -Reestructuración de las actividades de una
entidad y la reversión de provisiones de costos
relativos
- -Disposición de partidas de propiedades,
planta y equipo; disposiciones de inversiones
permanentes; reversiones de provisiones por
litigios; otras reversiones de provisiones
- Se debe revelar el periodo que abarca su ciclo de
operaciones y si su duración es diferente a un año
o si su cierre no coincide con su cierre fiscal
- Se debe revelar al justificación de la clasificación
empleada, por función, por naturaleza o combinada
para la presentación de los rubros de costos y gastos
- Revelar información adicional sobre la
naturaleza de ciertas partidas relevantes
cuando se utilizó una clasificación por función
- Revelar la justificación para incluir rubros o niveles
adicionales; y el desglose de los resultados condensados
de operaciones discontinuadas, mostrando los montos
respectivos a ingresos, costos y gastos, uyilidad entes de
impuestos, impuestos a la utilidad y laPTU
- Transitorios
- Cambios en las NIF de
disposiciones relacioadas
- NIF A-3 Necesidades de
los usuarios y objetivos de
los estados financieros
- Párrafo 42: Los estados
financieros básicos que
responden a las necesidades
comunes del usuario general y a
los objetivos de los eeff son:
balance general; el estado de
resultados integral; el estado de
cambios en el captal contable
- NIF A-1 Estructura de las
Normas de información
Foinanciera
- Párrafo 26: los estados
financieros que responden a las
necesidades comunes del
usuario general son: el estado
de situación financiera; el
estado de resultados integral; el
estado de cambios en el capital
contable
- Párrafo 33: los elementos básicos
de los estados financieros son: los
activos, pasivos y capital contable;
los ingresos, costos, gastos y la
utilidad o pérdida neta, los otros
resultados integrales y el resultado
integral presentados en el estado
de resultados integral; los
movimientos de propietarios la
creación de reservas y la utilidad o
pérdida integral presentado en el
estado de cambios en el capital
contable
- NIF A-5 Elementos básicos
de los estados financieros
- Párrafo 41: el Estado de resultado integral es
emitido por entidades lurativas y está integrado
por los siguientes eementos: ingresos, costos y
gastos; unidad o pérdida neta; otros resultados
integrales y resultado integral.
- Párrafo 65: la utilidad o pérdida neta es el
resultado d eun enfrentamiento entre los
ingresos devengados y sus costos y gastos
relativos, sin considear los que formen parte<
de los otros resultados integrales
- Párrafo 81. Durante un periodo contable se
refiere al lapso convencional en que se
divide la vida de la entidad, a fin de
determinar en forma periódica, en otras
cuestiones, su resultado integral
- Se agregan los siguientes párrafos: 66A: Otros
resultados integrales; 66B: Presentación de
los ORI debido a su riesgo de no realización;
66C: Reciclar los ORI implica mostrar en la
utilidad o pérdida neta del periodo, y
después las utilidades o pérdidadas netas
acumuladas; 66D: Las NIF particulares
establecen cuáles ingresosm costos o gastos
deben tratarse como ORI, estabecer el
momento y forma en que deben reciclarse; y
66 E: el resultado integral corresponde a la
suma algebraica de la utilidad o pérdida neta
de la entidad y los otros resultados
integrales, obtenidos en un periodo contable
- Párrafo 71: estado de
cambios en el capital
contable es emitido por
entidades lucrativas y se
conforma por: movimientos
de propietarios,
movimientos de reservas y
resultado integral. .
- Párrafo 77 Movimientos de
reservas. Párraf 79: Resultado
integral. Párrafo 80:
Incremento o decremento del
capital ganado.
- Se eliminan los párrafos 48, 49,
61, 62, 82, 83 y 84
- NIF A-7 Presentación y
Revelación
- Párrafo 26: Los estados financieros deben
presentarse, po lo menos una vez al año,
abarcando un periodo anual
- NIF D-3 Beneficios a
los empleados
- Párrafo 24: La entidad debe reconocer la
obligación legal por la PTU en el estado de
resultados integral. Párrafo 125: La entridad debe
presentar en el largo plazo el activo o pasivo por
la PTU diferida. Se elimina el párrafo BC29
- Otras NIF particulares
- El CINIF hará todos los cambios
necesarios al resto de las NIF particulares
para hacerlas consistentes con la NIF B-3
- Apéndice A
- Ejemplos de la presentación del
estado de de resultado integral
- La Empresa X, S. A. presenta su estado de resultado
integral por el ejercicio que inició el 1 de enero y
terminó el 31 de diciembre de 20X3.
- Ejemplo A.1
- Ejemplo A.2.1
- Ejemplo A.2.2
- Ejemplo A.3
- Ejemplo A.4
- Apéndice B
- Otros ingresos y gastos
- El CINIF hará mejoras al resto de las NIF para
evitar el reconocimiemto de partidas
operativas en el rubro de otros ingresos y
gastos y; decidió no requerir la presentación
en forma segregada de dicho rubro, pues
incluirá partipas poco relevantes
- Utilidad o pérdida de operación
- El CINIF permitió requerir la utilidad o pérdida
sw operación en forma obligatoria sin requerir
su presentación. Se determina a partir de la
utilidad o pérdida ante de impuestos,
excluyendo el resultadoo integrl de
financiamiento y la participación en los
resultados de otras entidades.
- Opción para la presentación
del resultado integral
- El CINIF emitió la NIF B-3 final,
permitiendo presentar el resultado
integral en uno o dos estados
- Periodos por los que debe
presentarse el estado de
resultado integral
- El CINIF modifica tantro en la NIF A-7, como en la
NIF B-3 y, establece que una entidad debe emitir
estados financieros básicos y, consecuentemente,
estado de resultado integral, por lo menos una vez
al año, correspondiendo un periodo anual
- Nombre de la NIF
- El CINIF decidió no modificar el
nombre de la NIF, pues se debe a que
ducho estado tiene como objetivo
determinar el resultado integral
- Vigencia
- Las disposiciones
contenidas en esta
NIF entran en vigor
para los ejercicios a
partir del 01 de
enero de 2013