Zusammenfassung der Ressource
EXCEPCION
Anmerkungen:
- Son oposiciones sustanciales o de fondo que no desconocen o niegan la existencia de la razón o de los hechos y derechos en los que el actor pretende fundar su demanda, sino que le contraponen nuevos o diferentes hechos y/o derechos, suficientes para excluir desvirtuar o postergar, los efectos jurídicos pretendidos por el actor.
- DEFINICION
- ABSTRACTO Poder del
demandado de
oponerse a la
pretención del actor
- CONCRETO: objetiviza las cuestiones
concretas del demandado frente a las
pretenciones del actor
- oponerse a que la secuela procesal continue
Anmerkungen:
- argumentando como razón de
esta posición, que no se han satisfecho en su totalidad todos y cada uno de los
presupuestos procesales;
- oponerse al reconocimiento del juzgador
Anmerkungen:
- Oponerse al reconocimiento del juzgador de la fundamentación de la pretensión
que persigue la parte actora, con base en la existencia de hechos extintivos,
modificativos o impeditivos de la relación jurídica descrita por el actor en su
demanda.
- CLASIFICACION
- DILATORIAS
Anmerkungen:
- tienen una eficacia temporal, obstaculizan o
demoran el ejercicio de la acción e impiden el pronunciamiento del juzgador sobre
la procedencia.
- PERENTORIAS
Anmerkungen:
- tienden a la destrucción o perención de la acción
sin afectar la marcha del proceso.
- CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES
Anmerkungen:
- 1) Excepciones de pago
2) Excepciones de compensación
3) Excepciones de confusión de derechos
4) Excepciones de remisión de deuda.
5) Excepción de novación
6) Excepción de prescripción negativa
7) Excepción de condición resolutoria
8) Excepción de término resolutorio
9) Excepción de cesión de deudas
10) Excepción de retención de las cosas vendida
11) Excepción de inexistencia
12) Excepción de nulidad
13) Excepción de transacción
Las excepciones dilatorias son las siguientes:
1) Incompetencia del juez.
2) La litispendencia.
3) La conexidad.
4) La falta de personalidad o capacidad en el actor.
5) La falta de cumplimiento en el plazo o la condición a que está sujeta la acción.
6) La división.
7) La exclusión.
- TIPOS
- SUSTANCIALES
- DEFENSA son las negaciones
formuladas por el demandado
respecto a los hechos o el
derecho invocado y hecho
valer por el actor
- PROCESALES
- EXCEPCION afirmaciones del
demandado en relación con los
presupuestos procesales o la
fundamentación de la pretensión.