Zusammenfassung der Ressource
ley 20.422
- entra en vigencia el 10 de febrero del año
2010
- su objetivo es asegurar el derecho de
igualdad de oportunidades
- capitulo l
- esta ley asegura el derecho de la no discriminacion asegura el derecho de la
igualdad de oportunidades y que todos tenemos derechos a sentirnos
seguros
- definiciones
- discapacidad
- persona que tiene una o mas
deficiencias
- mentales
- sensoriales
- fisicas
- discriminacion
- trato diferente
que se da a
personas por
diferentes
motivos, esto
hace que la
persona se sienta
amenazada y mal
vista por la
sociedad
- igualdad de oportunidades
- ausencia de discriminacion por razon de
discapacidad
- el deber del estado es
- promover la igualdad de
oportunidades
- caracterizar derecho a la
igualdad
- establecer medidad
contra la discriminacion
- capitulo ll
- la ley dispone que para obtener los beneficios es
necesario que las personas con discapacidad cuenten
con cerificacion otorgada por algun medico
- debe estar inscrito
- registro nacional
de hogares
- registro civil
- capitulo lll
- para los grupos mas vulnerables la ley
establece
- mujeres y personas con
discapacidad mental
- derecho a una familia, no ser sometidas contra su voluntad,
practicas, terapias que atenten contra su dignidad o derechos
- capitulo IV
- el compin e instituciones publicas o privadas
aseguran una atencion interdiciplinaria
- el compin deriva la atencion para la
integracion de personas con
discapacidad
- la calificacion se realiza 20 dias habiles
desde la solicitud y la certificacion de la
discapacidad dentro de 5 dias siguientes
a la fecha de calificacion
- capitulo V
- la prevencion y rehabilitacion de las personas con discapacidad es deber y
obligacion del estado, plantea como derecho que el proceso de rehablitacion
integre la participacion de la familia o del cuidador
- el estado esta encargado de fomentar la rehabilitacion con centros de
prevencion y rehabilitacion
- publicos
- privados
- capitulo VI
- tiene como objetivo reunir y mantener los antecedentes de las personas con
discapacidad y de los organismos que se señalan en el reglamento dictado por los
ministerios de justicia y de planificacion que establecera del registro nacional de
discapacidad
- estructura
- funcionamiento
- capitulo IX
- se crea fonapis (fondo nacional de la discapacidad)
- principales funciones
- inclusion social, participacion y accesibilidad de
las personas con discapacidad
- elavorar y ejecutar el comite de ministros en la
elavoracion de la politica nacional
- se proponen reformas legales necesarias de los
derechos de las personas con discapacidad
- cumplir con proteccion de los derechos de las
personas con discapacidad
- financiamientos de programas y servicios de
apoyo
- realizar estudios sobre la discapacidad
- mejorar la calidad de vida del sector publico y
privado
- esta ley crea consejo constitutivo de la discapacidad y
este parte del servicio nacional de la discapacidad
- principales funciones
- elavorar y actualizar el plan de accion de la politica
nacional
- le presenta al director nacional la propuesta de
proyectos
- apoyar el desarrollo del servicio
- recomienda los criterios y procedimientos de la
supervicion de los proyectos
- ser informado de la marcha del servicio y del
cumplimiento de sus fines
- este consejo se integra de
- quien dirige el servicio nacional de la discapacidad
- Cinco representantes de agrupaciones de personas con
discapacidad de carácter nacional
- empleadores y trabajadores
- 2 representantes de instituciones privadas sin fines de
lucro, atienden personas con discaopacidad
- capitulo VII
- para acceder a los beneficios de
la ley 20.422 se debe dejar el
certificado en el compin y este
envia el antecedente
directamente al registro civil
siempre y cuando este inscrito
al registro nacional de la
discapacidad
- capitulo VIII
- establece una acción especial a favor de toda persona que por causa de una acción u omisión
arbitraria o ilegal sufra amenaza, perturbación o privación en el ejercicio de los derechos
consagrados en esta ley
- al autor del acto u omisión arbitrario o ilegal una multa de 10 a 120 UTM, la que puede duplicar en
caso de reincidencia, si comparecen personas con discapacidad sensorial están obligado a realizar
los ajustes necesarios que permitan a estas personas comunicarse y acceder a los antecedentes del
proceso.