Zusammenfassung der Ressource
Poder Ejecutivo
- Presidente de los
Estados Unidos
Mexicanos
- Depositario
- Art. 80. “El Supremo Poder
Ejecutivo de la Unión está
depositado en un solo
individuo, el cual se conoce
como “Presidente de los
Estados Unidos Mexicanos”
- Art. 82. Requerimientos
- 1. Ser mexicano por nacimiento,
hijo de padre o madre mexicanos y
con 20 años de residencia.
- 2. 35 años cumplidos.
- 3. Residencia durante el año
anterior a la elección.
- 4. No pertenecer a ningún culto o
iglesia.
- 5. No estar en servicio militar 6
meses antes de la elección.
- 6. No ser secretario o
subsecretario de Estado, Fiscal,
Gobernador, ni Jefe de Gobierno 6
meses antes de la elección.
- 7. No estar incapacitado por lo
que establece el artículo 83.
- Art.83. El ciudadano que ya haya
sido Presidente no podrá volver
a ocupar el puesto.
- Elección
- Art. 81. "Su elección es mediante
el voto directo y de acuerdo a lo
que disponga la ley electoral"
- Ejercicio
- Art. 83. "El presidente entrará a
ejercer su encargo el 1ro de
octubre y durará en él seis años"
- Ausencia
- Art. 88. Hasta por siete días, informando a la
Cámara de Senadores o a la Comisión
Permanente y presentando resultados.
Ausencias mayores a siete días requiere el
permiso de tales instancias.
- Renuncia
- Art.86. Solo por causa grave calificada por
el Congreso de la Unión.
- Art. 87. Toma de posesión y
presentación de protesta
- Facultades (Ver imagen adjunta)
- Facultades del Poder Ejecutivo
- Sustitutos
- Falta absoluta
- Art. 84. Secretario de Gobernación
asumen el cargo en tanto el Senado
nombra un interino en un plazo de 60 días.
- Elección inválida o
no realizada
- Art. 85. Presidente interino designado
por el congreso
- Antes de tomar
posesión
- Art. 85. Asume el cargo el presidente del
Senado en tanto el Congreso designa un
interino
- Licencia hasta
por 60 días
- Art. 85. Secretario de Gobernación
asume provisionalmente
- Administración
Pública Federal
- Caracterísiticas
- Art. 90. Será centralizada y paraestatal. Se
ocupará de los negocios de orden
administrativo de la Federación. Definirá las
bases para la creación de entidades
paraestatales y la intervención del Ejecutivo.
- Integrantes
- Consejero Jurídico de Gobierno
- Secretarías de Estado
- Requerimientos (Art. 91)
- 1. Ser ciudadano mexicano por nacimiento
- 2. Estar en ejercicio de sus derechos
- 3. 30 años cumplidos
- Rendición de cuentas (Art. 93.)
- Los Secretarios de Despacho, luego que
éste abierto el periodo de sesiones
ordinarias, darán cuenta al Congreso del
estado que guarden sus respectivos ramos
- Presidente de la República
- Art. 92. Todos los reglamentos, decretos,
acuerdos y órdenes del Presidente deberán
estar firmados por el Secretario de Estado