Zusammenfassung der Ressource
HERRAMIENTAS DEL REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES (RUP)
- Registro Único de Proveedores
- El RUP se creó como un sistema público de información el
cual tiene la capacidad para realizar contrataciones.
- El RUP deberá ser actualizado en base a los datos
presentante las instituciones públicas como privadas
deben presentar la información me manera oportuna
- Publicidad de la Información
- La información que se encuentre en el RUP deberá estar disponible,
la misma que debe estar disponible en el portal de compras públicas.
- Aquellas entidades que sean
contratantes no podrán
exigir la documentación para
la obtención del RUP a los
proveedores
- Los proveedores tendrán la
responsabilidad de presentar
información veraz y actualizada, así
como también deberán notificar al
SNCP si existe alguna modificación.
- Obligatoriedad de la Inscripción
- Si se desea intervenir de manera individual o en
asociación se requiere que conste como
proveedor habilitado.
- Si es un proceso de menor cuantía podrá no estar
inscrito en el RUP, pero podrá hacerlo previa una
suscripción en conformidad a sus contratos.
- NOTA- MENOR CUANTIA
Es un medio que se utiliza
para la contratación de
dichos bienes y servicios
que no puedan llegar a
estandarizarse es decir
aquellos bienes y servicios
no normalizados.
- Causales de suspensión temporal del Proveedor en el RUP
- Durante 3 a 5
años, a partir de
la notificación de
terminación del
contrato por
incumplimiento o
fallas en el.
- Mientras no se
actualice la
información
necesaria que se
solicita en el SNCP
- La autoridad contratante suspende
5 años, por daño económicos y
técnicos en la realización de
contratos u obras elaborados por
consultores, establecidos por la vía
judicial o arbitral.
- En cuanto las sanciones sean resueltas, se rehabilitar al proveedor automáticamente.
A excepción de sanciones por entregar información adulterada para su registro.
- Derechos
- El Servicio Nacional de Contratación Pública designa los
derechos de inscripción al RUP que a su vez estos no
serán reembolsables
- La cantidad que pagarán los proveedores, estarán de
acuerdo a los precios de operación que tiene el Sistema.
- Esta situación no representará un impedimento para la
inscripción, avance y crecimiento de micro y pequeñas
empresas, artesanos y profesionales.
- Sistema Informático de Compraspúblicas
- Es administrado por el
Servicio Nacional de
Contratación Pública y es
obligatorio para las entidades
sujetadas a la ley establecida.
- Debe construir mecanismos o
formas para la capacitación en
línea de los actores del SNCP.
- Su contenido: el RUP, Catálogo
electrónico, el listado de las
instituciones y contratistas del
SNCP, informes de las Entidades
Contratantes, estadísticas,
contratistas incumplidos, la
información sobre el estado de las
contrataciones públicas, así como
procedimientos de esta; además
será el único medio para realizar
el procedimiento electrónico de
contratación pública.
- Debe estar de acuerdo a las
disposiciones de la presente
Ley, su Reglamento y las
regulaciones del SERCOP,
que contendrá disposiciones
sobre la administración del
sistema y la información
relevante a publicarse.