La jurisdicción es la potestad o
función del Estado de Administrar
Justicia, ejercida por medio de sus
órganos judiciales.
CRITERIOS PARA DETERMINAR LA
JURISDICCIÓN Y LA COMPETENCIA
Tomando en cuenta el artículo 3 del C.P.C., el
momento determinante de la jurisdicción es el de la
presentación de la demanda en base a la situación
existente en el momento que la demanda es
propuesta, en resguardo de la seguridad jurídica.
Este principio no significa que la competencia no
pueda modificarse en el curso del proceso por los
efectos de la reconvención o de las excepciones del
demandado, que justifican un desplazamiento de la
competencia en razón de la conexión.
REGULACION DE LA JURISDICCIÓN
La regulación de jurisdicción es el medio de impugnación
de la decisión del juez que declara tener jurisdicción
EL JUEZ
es la máxima autoridad de un tribunal de
justicia, cuya principal función es
precisamente ésta, la de administrar
justicia
LA INHIBICIÓN
Es la abstención voluntaria del juez, del
fiscal del Ministerio Publico o de cualquier
otro funcionario judicial o auxiliar de
intervenir en un determinado juicio.
LA RECUSACION
es dentro del derecho procesal, una
forma de apartamiento de un juez de
un proceso, cuando una parte
considera que su imparcialidad se
encuentra en duda.
La competencia es la “Medida
deJurisdicción” atribuida a cada
juez. Es decir, si bien todos los
tribunales tienen facultad
jurisdiccional para administrar
justicia, no todos la administran
en la misma medida,
CAUSAS QUE MODIFICAN LA COMPETENCIA
La conexión y la continencia no funciona como
límites de la jurisdicción del juez para establecer
su competencia, sino más bien como causas
modificadoras de las reglas ordinarias de
competencia, las cuales desplazan la
competencia a otro juez igualmente
competente, por el hecho de estar conociendo
causas iguales o conexas.
LA LITISPENDENCIA
Entre las causas que están siendo conocidas por
jueces diferentes puede existir una identidad absoluta
entre sujetos, objeto y título. A este supuesto se le
conoce como litispendencia. Es el supuesto de
proponer una demanda dos veces.
LA CONTINENCIA
Es una litispendencia parcial, la relación entre dos
causas se da por el hecho de que el objeto de una
de ellas abarca el objeto de la otra.
LA CONEXIÓN
En estos casos la conexión la ordena
directamente la ley sin necesidad de analizar
la existencia de elementos comunes.
LA ACCESORIEDAD
La relación entre dos causas se
presenta cuando una causa llamada
accesoria se encuentra subordinada
por el título a la otra causa llamada
principal. La causa llamada accesoria
no se declara con lugar sino que se
declara con lugar al principal, pero esto
no es reciproco porque la principal si
puede ser declarada con lugar y la
accesoria negada.
LA PRETENCIÓN
La pretensión es una figura eminentemente procesal, que
consiste en realizar una manifestación de voluntad ante el
ente jurisdiccional, para hacer valer un derecho o pedir el
cumplimiento de una obligación
COMPETENCIA SUBJETIVA
se refiere a la idoneidad o aptitud de una
persona para fungir de tercero imparcial en una
contienda o en cualquier asunto que le
corresponda, por su oficio, tratar, conocer y
decidir.
-La Jurisdicción es la función de administrar
justicia que corresponde al poder Judicial. La
competencia es el modo o la manera como
se ejerce esa función.
-Todos los jueces tienen jurisdicción; pero no
todos tienen la misma competencia
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.