GUIA N° 1 -CURSO DE PLAN DE SALUD
PÚBLICA DE INTERVENCIONES
COLECTIVAS – PIC CON ÉNFASIS EN
PARTICIPACIÓN SOCIAL.
49 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 02 de 2009,
La Carta garantiza a todas las personas, el acceso a los servicios de promoción, protección y
recuperación de la salud y establece que le corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la
prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental y establecer las
competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares en los términos y
condiciones señalados en la ley.
4o del Decreto número 806 de 1998
define el Plan de Atención Básica
(PAB)
Establece que Es
“Un plan cuyos contenidos son definidos por el
Ministerio de Salud en desarrollo del artículo 49 de la
Constitución Política, es de carácter obligatorio y
gratuito, dirigido a todos los habitantes del territorio
nacional, prestado directamente por el Estado y sus
entidades territoriales o por particulares mediante
contrato con el Estado”.
El artículo 42 de la Ley 715 de 2001
Define que
“(...) las prioridades de la Nación
y de las entidades territoriales en
materia de salud pública y las acciones
de obligatorio cumplimiento del Plan
de Atención Básica (PAB), así como
dirigir y coordinar la red nacional de
laboratorios de salud pública, con la
participación de las entidades
territoriales”.
TÍTULO I. DISPOSICIONES
GENERALES.
ARTÍCULO 1o. OBJETO.
ARTÍCULO 2o. ÁMBITO DE
APLICACIÓN.
ARTÍCULO 3o. DEFINICIONES.
TÍTULO II. ASPECTOS
GENERALES SOBRE LA
GESTIÓN DE LA SALUD
PÚBLICA.
ARTÍCULO 4o. GESTIÓN DE LA SALUD PÚBLICA.
ARTÍCULO 5o. PROCESOS PARA LA
GESTIÓN DE LA SALUD PÚBLICA.
5.1. Coordinación intersectorial:
5.2. Desarrollo de capacidades:
5.3. Gestión administrativa y financiera:
5.4. Gestión del aseguramiento:
5.5. Gestión del conocimiento:
5.6. Gestión de insumos
de interés en salud
pública:
5.7. Gestión del
talento
humano:
5.8. Gestión de las intervenciones colectivas:
5.9. Gestión de la prestación de servicios individuales:
5.10. Participación Social
5.11. Planeación integral en salud:
5.12. Vigilancia en salud pública:
5.13. Inspección, Vigilancia y Control (IVC)
ARTÍCULO 6o. COORDINACIÓN PARA
IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROCESOS
PARA LA GESTIÓN DE LA SALUD PÚBLICA.
ARTÍCULO 7o.
FINALIDADES DE LA
GESTIÓN DE LA SALUD
PÚBLICA.
TÍTULO III. PLAN DE SALUD PÚBLICA DE
INTERVENCIONES COLECTIVAS (PIC).
APÍTULO I. ASPECTOS GENERALES
DEL PIC.
ARTÍCULO 8o. DEFINICIÓN DEL PIC.
ARTÍCULO 9o. PRINCIPIOS DEL PIC.
ARTÍCULO 10. CARACTERÍSTICAS DE
CALIDAD DE LAS INTERVENCIONES
COLECTIVAS.
ARTÍCULO 11. RESPONSABILIDADES
ARTÍCULO 11. RESPONSABILIDADES.
11.2. DE LOS
DEPARTAMENTOS Y
DISTRITOS
11.3. DE LOS
MUNICIPIOS
11.4. DE LAS
INSTITUCIONES
CONTRATADAS PARA LA
EJECUCIÓN DEL PIC
CAPÍTULO II. CONTENIDOS Y
CONTRATACIÓN DEL PLAN DE SALUD
PÚBLICA DE INTERVENCIONES
COLECTIVAS (PIC).
ARTÍCULO 12. FORMULACIÓN
DEL PLAN DE SALUD PÚBLICA
DE INTERVENCIONES
COLECTIVAS.
Informa que
La Ley 152 de 1994
"En la norma que la modifique o
sustituya y en las directrices que
defina el Ministerio de Salud y
Protección Social."
ARTÍCULO 13.
CONTENIDOS DEL PLAN
DE SALUD PÚBLICA DE
INTERVENCIONES
COLECTIVAS.
Define los criterios de
los recursos para su
ejecución, la
cobertura de las
mismas y los criterios
para el respectivo
monitoreo y
evaluación
ARTÍCULO 14.
CONTRATACIÓN DEL PLAN
DE SALUD PÚBLICA DE
INTERVENCIONES
COLECTIVAS
DEPARTAMENTAL,
DISTRITAL Y MUNICIPAL.
Direcciona para que
Las intervenciones colectivas se
contraten con las instituciones
que tengan capacidad técnica y
operativa,
ARTÍCULO 15. CRITERIOS
PARA DETERMINAR LA
CAPACIDAD TÉCNICA Y
OPERATIVA.
Da las pautas
Para la contratación de las acciones
del PIC, la entidad territorial deben
verificar que la institución a contratar
cumpla con los siguientes criterios
ARTÍCULO 16.
OPORTUNIDAD EN
LA CONTRATACIÓN.
ARTÍCULO 17. DESARROLLO DE
CAPACIDADES DE LAS EMPRESAS
SOCIALES DEL ESTADO PARA LA
EJECUCIÓN DEL PIC.
CAPÍTULO III. EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
DEL PLAN DE SALUD PÚBLICA DE INTERVENCIONES
COLECTIVAS (PIC).
ARTÍCULO 18. CRITERIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PIC.
ARTÍCULO 19. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PIC.
TÍTULO IV. DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS RECURSOS FINANCIEROS DESTINADOS A LA EJECUCIÓN
DE LOS PROCESOS DE GESTIÓN DE LA SALUD PÚBLICA Y DEL PLAN DE SALUD PÚBLICA DE
INTERVENCIONES COLECTIVAS (PIC).
ARTÍCULO 20. GASTOS DE
LA SUBCUENTA DE SALUD
PÚBLICA COLECTIVA.
PARÁGRAFO 1o. En
consecuencia, los recursos del
componente de Salud Pública
del Sistema General de
Participaciones (SGP), se
distribuirán así:
PARÁGRAFO 2o.
Informa que
Con cargo a la subcuenta de salud pública colectiva, no se podrán destinar
recursos para el desarrollo o ejecución de actividades no relacionadas
directa y exclusivamente con las competencias de salud pública definidas en
la normatividad vigente o con la ejecución del Plan de Salud Pública de
Intervenciones Colectivas.
ARTÍCULO 21. PROHIBICIONES
DE GASTO DE LA SUBCUENTA
DE SALUD PÚBLICA COLECTIVA.
ARTÍCULO 22.
COFINANCIACIÓN.
ARTÍCULO 23. VIGENCIA Y
DEROGATORIAS.
El literal h) del artículo 33 de la Ley 1122 de 2007
Da a conocer que
lan de Salud Pública de
Intervenciones Colectivas
reemplazará al Plan de Atención
Básica,
El artículo 6o de la Ley 1438 de 2011,
mediante Resolución número 1841 de 2013
formuló el Plan Decenal de Salud Pública
2012-2021
Deberán adaptar y adoptar los contenidos
allí establecidos, en cada cuatrienio a
través del Plan Territorial de Salud y
coordinar su implementación en su área
de influencia, así como la formulación y
ejecución del Plan de Salud Pública de
Intervenciones Colectivas, en el marco de
los lineamientos que para el efecto expida
el Ministerio de Salud y Protección Social.
Decreto
número 859 de
2014
Que en virtud de lo señalado, es necesario que el
Ministerio de Salud y Protección Social, en el marco de sus
competencias, establezca disposiciones relacionadas con
la Gestión de la Salud Pública y determine las directrices
para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación
del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas
(PIC), con el fin de alcanzar las metas y objetivos de salud
pública definidas en el Plan Decenal de Salud Pública.
GUIA N° 1 -CURSO DE PLAN DE SALUD PÚBLICA DE INTERVENCIONES COLECTIVAS – PIC CON ÉNFASIS
EN PARTICIPACIÓN SOCIAL.