Zusammenfassung der Ressource
Unidad 3 Función Pública.
- 3.1 Precisión del concepto. Su definición, sus elementos y su importancia.
- Según las palabras del jurista Narciso Sánchez, la función
pública es la actividad desempeñada por los organismos, las
dependencias, los poderes, las autoridades del Estado, los
agentes y los auxiliares del Poder Público en el ejercicio de las
atribuciones legales que tiene encomendadas un pueblo
determinado, ya sea una nación o un Estado soberano.
- Es entonces que podemos decir
que al referirnos a la función
pública hablamos del régimen
jurídico en el cual personas
físicasse desempeñan en un
empleo, cargo o servicio público en
uno de los Poderes del Estado.
- Pero en un sentido más preciso, la
función pública es la situación
jurídica en la que se encuentran
sujetos los servidores públicos en
cuanto a las tareas del Estado.
- La importancia.
- Su importancia radica
implícitamente en la envestidura de
todos los servidores públicos, de tal
manera que la gestión está formada
por el funcionamiento, distribución y
estructura de los ámbitos de
competencia entre los órganos que
integran el gobierno del país.
- Elementos.
- Algunos elementos de la función pública son los siguientes:
- Actividad pública.
- Nombramiento de servidores públicos.
- Atribución de diversas
competencias y facultades.
- Situación jurídica entre el
Estado y el trabajador.
- Prestaciones a cambio de sus servicios.
- 3.2 Análisis de las teorías sobre la función pública.
- Para explicar la naturaleza respecto a la relación que existe entre
el Estado y sus servidores, el Derecho ha desarrollado varias
teorías para poder explicado:
- Las de Derecho Privado
- Estas teorías consideran que entre el
Estado y sus trabajadores existe un
contrato de arrendamiento, de
servicios, de mandato o de adhesión.
- Las de Derecho Público
- Estas teorías estiman que es un acto
administrativo unilateral, es decir, basta
con la voluntad del Estado para que
nazca la relación, que es un contrato
público o administrativo.
- Como último punto, en un sentido doctrinal, es Acosta Romero
quien argumenta que el acto de nombramiento es un acto material
administrativo, sin importar en que poder se encuentre.
- Las de Acto Reglamentario
- Estas teorías consideran insuficientes la
voluntad del Estado y del trabajador para
que exista la relación, hace falta que exista
un régimen legal burocrático al que ambas
voluntades se subordinen.
- 3.5 Función pública ejecutiva – la administrativa; la
legislativa y la judicial.
- Las funciones desempeñadas por los servidores
públicos pueden ser de distinta naturaleza:
- Administrativa: En la cual se considera a la administración como
un todo ya que proviene de un órgano ejecutivo cuya función es
imponer orden y estabilidad.
- Judicial: En esta se tiene como objetivo el dirimir controversias
siempre y cuando provengan se la SCJN.
- Legislativa: En esta se imponen patrones de actuación a la
conducta externa humana a través de normas generales,
abstractas, impersonales, obligatorias y coercitivas; en ejercicio de
dicha función el Estado crea, modifica, adiciona, deroga y abroga la
misma ley.
- 3.3 La función pública desarrollada por los poderes federales, locales y municipales. El servicio
publico.
- Una vez que ya hemos delineado el concepto y los elementos de la función pública, es
momento de analizar la manera en que esta se desarrolla en los poderes:
- Federales: En cuanto a la función en la
competencia federal, es primordial
identificar a la figura del Presidente de la
República; ya que conforme a lo
establecido en el artículo 89 de la
Constitución en sus fracciones II, III, IV y V,
es facultad del titular del presidente
nombrar y remover libremente a los
secretarios de despacho, a los agentes
diplomáticos y empleados superiores de
Hacienda, así como nombrar y renombrar
libremente a los demás empleados de la
Unión.
- El Servicio Público.
- El servicio público es la herramienta a la
que recurren los funcionarios, para llevar
a cabo una de las más importantes tareas
que tiene la Administración Pública, la
correcta organización de recursos.
- Es así que Marcello Coetano nos define al servicio
público como el servicio administrativo cuyo
objeto consiste en facilitar de modo regular y
continuo la satisfacción de una necesidad
colectiva.
- Es Serra Rojas quien también define el servicio
público como una actividad técnica, directa o
indirecta de la administración pública activa o
autorizada a los particulares, que ha sido
creada y controlada para asegurarla
satisfacción de una necesidad colectiva de
interés general, sujeta a un régimen especial de
derecho público.
- Locales y Municipales: En el ámbito local
son las personas físicas que desempeñan
sus cargos o empleos públicos y quienes
se rigen de conformidad con lo
establecido en el art. 116, fracción V de la
Constitución y de manera más especifica
en el ámbito local municipal por el
artículo 115, fracción VIII del mismo.
- La función pública desarrollada por los poderes federales,
locales y municipales.
- 3.4 Los servidores públicos, desarrolladores de la función pública sus clasificaciones.
Regulación jurídica aplicable. Derechos y obligaciones.
- Es Narciso Sánchez Gómez quien denomina al servidor público como el alma
e hilo de la función pública, después añade que el servidor público es aquella
persona física que mediante un nombramiento, por elección popular o por
figurar en la lista de raya de los trabajadores temporales, desempeña las
tareas o labores de una entidad pública.
- Pero es la constitución, quien nos establece quienes se consideran
o reputan como servidores públicos, en el artículo 108 de la
Constitución:
- “Se reputarán como servidores públicos a los representantes de
elección popular, a los miembros del poder judicial federal y del
poder judicial del distrito federal, los funcionarios y empleados, y,
en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o
comisión de cualquier naturaleza en la administración publica
federal o en el distrito federal, así como a los servidores del
instituto federal electoral, quienes serán responsables por los
actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus
respectivas funciones”.
- Clasificación.
- Es el artículo 108 el cual admite dos tipos genéricos de
servidores públicos: los Funcionarios y los Empleados.
- Funcionario Público: Es
aquel servidor que cubre un
puesto oficial de trabajo en
la administración pública y
que no es empleado
público, por lo cual tiene un
carácter de autoridad. Es un
servidor público designado
o electo popularmente por
disposición de una norma
jurídica, para ocupar
mandatos medios y
superiores dentro de la
estructura de los poderes
públicos.
- Empleado Público: Es
aquél ciudadano que
presta un servicio
determinado de
carácter permanente a
un órgano público
mediante salario. Es un
servidor público
generalmente
subordinado a otro de
mayor jerarquía.
- Derechos y Obligaciones.
- Los derechos de los servidores públicos se
encuentran reconocidos en el artículo 123 de la
Constitución y en su respectiva ley orgánica, de los
cuales podemos destacar.
- Derecho al cargo.
- Derecho a la seguridad social.
- Derecho al ascenso.
- Derecho a la asociación sindical.
- Derecho al sueldo o salario.
- Derecho de huelga.
- Las obligaciones se encuentran contenidas en
la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio
del Estado en su artículo 44:
- Desempeñar sus labores con la intensidad, cuidado y esmero apropiados,
sujetándose a la dirección de sus jefes y a las leyes y reglamentos
respectivos.
- Observar buenas costumbres dentro del servicio.
- Cumplir con las obligaciones que se les impongan las condiciones
generales del trabajo.
- Guardar reserva de los asuntos que llegaren a su conocimiento
con motivo de su trabajo.
- Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y
la de sus compañeros.
- Asistir a los institutos
de capacitación para
mejorar su
preparación y eficacia.
- No hacer propaganda de
ninguna clase dentro de
los edificios o lugares de
trabajo.
- Asistir puntualmente a sus labores.
- Regulación jurídica aplicable.
- En cuanto al régimen
jurídico aplicable, podemos
resaltar los siguientes tres
ordenamientos:
- Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos: En su artículo 89 fracción II; y el
artículo 123 apartado B.
- Ley Federal Laboral de los Trabajadores del Estado.
- Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado.
- Fuentes: Acosta Romero Miguel “Teoría General del
Derecho Administrativo”; Béjar Rivera Luis José “Curso de
Derecho Administrativo"; Sánchez Gómez Narciso “Primer
Curso de Derecho Administrativo”; Serra Rojas “Curos
Derecho Administrativo”; Ley Federal de los Trabajadores al
Servicio del Estado
"http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/111.pdf"; y
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
"http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm".
- Por: Días Rubio Josafat M.
- Relación de la Unidad con el objetivo de la materia.
- En esta unidad no nos toca analizar a una de las instituciones del
gobierno mexicano (poder en particular) nos toca el analizar a
todas desde un plano en general demasiado importante: los
elementos humanos. Al referirme a los elementos humanos me
refiero a los servidores públicos, aquéllos sujetos que funcionan
como el engranaje de la administración del estado mexicano en
cada una de sus instituciones, esta unidad nos desglosa a los
servidores públicos en sus elementos, características,
clasificaciones, derechos, obligaciones, etc.; llegando hasta los
fundamentos legales del mismo. No es preciso, y a mi parecer sería
un error, el decir que esta unidad es independiente de las otras,
me parece ser que es un devenir de conocimientos y la presente
unidad es un punto de análisis de la administración pública, pero
por problemas de espacio en el mapa tendré que dejar las
relaciones fuera, pero invito a que se lean los anteriores mapas que
se pueden revisar en mi perfil.