Zusammenfassung der Ressource
NORMAS LEGALES VIGENTES QUE REGULAN LA PROFESIÓN TECNÓLOGO
EN REGENCIA DE FARMACIA- DEYANIRA GALINDO
- LEY 485 DE 1998
- Reglamenta la profesión de tecnólogo en Regencia de Farmacia y se dictan otras disposiciones
- ARTICULO 1. OBJETIVO
- Regular la profesión de
tecnólogo en Regencia de
Farmacia, perteneciente al área
de salud.
- ARTICULO 2. CAMPO DEL EJERCICIO
PROFESIONAL
- El regente perteneciente al área de la
salud, se capacita en tareas de apoyo y
colaboración en la prestación del servicio
farmacéutico
- Podrá ejercer como Tecnólogo en Regencia de farmacia quienes:
- A) Quienes obtengan el título
de Tecnólogo en Regencia de
Farmaciade conformidad con
el artículo 9 de la presente
ley. .
- B) Los nacionales o extranjeros
que obtengan el título de
tecnólogo en Regencia de
Farmacia o su equivalente, de
conformidad con los convenios
sobre, equivalencia de títulos en
los respectivos tratados o
convenios.
- ARTICULO 3.ACTIVIDADES DEL TECNÓLOGO EN
REGENCIA DE FARMACIA
- A) Dirigir los establecimientos distribuidores
minoristas de las instituciones que integran el sistema
de seguridad social en salud.
- B) Dirigir el servicio farmacéutico de instituciones
prestadoras de servicios de salud de baja complejidad.
- C) Dirigir establecimientos farmacéuticos distribuidores
mayoristas alopáticos, homeopáticos, veterinarios,
preparaciones farmacéuticas con base en recursos
naturales, cosméticos preparados magistrales e
insumos para la salud.
- D) Dar apoyo,, bajo la dirección del
Químico Farmacéutico, al desarrollo de las
actividades básicas del sistema de
suministro de alimentos .
- E) Colaborar, bajo la dirección del Químico
farmacéutico
- F) Las antes territoriales que tienen a su
cargo las funciones de inspección y
vigilancia de los establecimientos
farmacéuticos distribuidores mayoristas
y minoristas.
- G) Participar en actividades de
mercadeo y venta de productos
farmacéuticos.
- ARTICULO 4. DOCENCIA.
- El tecnólogo en Regencia de farmacia
podrá ejercer actividades de docente y
de capacitación formal y no formal, en el
campo de su especialidad.
- ARTICULO 5 REQUISITOS PARA
EL EJERCICIO PROFESIONAL.
- A) Presentar título de
tecnólogo en regencia de
farmacia, debidamente
expedido por una institución
de educación superior, de
conformidad con la ley.
- B)Estar registrado en el
Concejo Nacional de
Tecnólogia en Regencia de
Farmacia.
- ARTICULO 6 VIGILANCIA Y
CONTROL
- La vigilancia y control del
ejercicio de la profesión
de tecnólogo en Regencia
de Farmacia, le
corresponde al Ministerio
de Saluk.
- ARTICULO 7 CONSEJO
NACIONAL DE TECNÓLOGOS
EN REGENCIA DE FARMACIA.
- Funciona como organismo
consultivo del Ministerio de
Salud, en materia directamente
relacionada con la Regencia de
Farmacia.
- ARTICULO 8. EJERCICIO ILEGAL
- Ejercen Ilegalmente la profesión de
Tecnólogo en farmacia las personas
que sin estar habilitadas legalmente la
ejerzan y quienes estando habilitadas
para ejercerlas se asocian con las
personas que la ejerzan ilegalmente.
- ARTICULO 9
EQUIVALENCIA DE
TITULO
- Los titulos de Tecnólogo de
Regencia de Farmacia, equivalen a
los títulos de Regente de farmacia y
Técnico superior en Regencia de
Farmacia expedidos por
instituciones de educación superior,
debidamente reconocidas en los
términos de ley.
- ARTICULO 10 LOS
ESTABLECIMIENTOS
DISTRIBUIDORA MINORISTAS.
- Clasificados como droguerias,
continuaran sujetos a lads
reglamentaciones vigentes sobre
la materia , sin perjuicio de que
los Tecnólogos en Regencia de
Farmacia .
- ARTICULO 11VIGENCIA
- La presente ley rige a partir de la
fecha de su promulgación y deroga
todas las disposiciones que le sean
contrarias.
- RESOLUCIÓN 1963 DE 2006
- Por la cual se definen las características específicas de
calidad para la oferta y desarrollo del programa académico
de tecnología en regencia de farmacia.
- DECRETO 1737 DE 2005
- Por lo cual se reglamenta la preparación,
distribución, dispensación, comercialización,
etiquetado, rotulado, y empaque de los
medicamentos homeopáticos magistrales y
originales y se dictan otras disposiciones.
- DECRETO 3050 DE 2005
- Por el cual se reglamenta el
expedido de medicamentos
- RESOLUCIÓN 0371 DE 2009
- Por el cual se establecen los elementos que deben ser considerados
en los planes de gestión de devolución de productos pos consumo
de fármacos o productos vencidos.
- DECRETO 1011 DE 2006
- Por el cual se establece el sistema obligatorio de garantía de
calidad de la atención de salud del sistema general de
seguridad social en salud.