Zusammenfassung der Ressource
TITULO 3 - DE LOS HABITANTES
- componentes esenciales
- De la nacionalidad
- Artículo 96
- Son nacionales
colombianos
- 1. Por nacimiento
- a) Los naturales de Colombia, que con una de
dos condiciones: que el padre o la madre hayan
sido naturales o nacionales colombianos.
- b) Los hijos de padre o madre
colombianos que hubieren nacido en
tierra extranjera y luego se domiciliaren
en territorio colombiano o registraren en
una oficina consular de la República.
- 2. Por adopción
- a) Los extranjeros que
soliciten y obtengan carta
de naturalización, de
acuerdo con la ley
- c) Los miembros de los
pueblos indígenas que
comparten territorios
fronterizos, con aplicación
del principio de
reciprocidad según tratados
públicos.
- b) Los Latinoamericanos y del
Caribe por nacimiento
domiciliados en Colombia, que
con autorización del Gobierno y
de acuerdo con la ley y el
principio de reciprocidad,
- De la ciudadanía
- Artículo 98
- La ciudadanía se pierde
cuando se ha renunciado a la
nacionalidad
- Quienes hayan sido
suspendidos en el ejercicio de
la ciudadanía, podrán solicitar
su rehabilitación.
- De los extranjeros
- Artículo 100
- Los extranjeros disfrutarán en
Colombia de los mismos derechos
civiles que se conceden a los
colombianos.
- No obstante, la ley podrá, por
razones de orden público, subordinar
a condiciones especiales o negar el
ejercicio de determinados derechos
civiles a los extranjeros.
- Persona que vive en un lugar determinado y forma parte de la población.
- la Constitución contempla los principios
y normas básicas en materia de
Nacionalidad y Ciudadanía
- Del territorio
- Por cuanto la primera de ellas es
requisito esencial de la segunda, de forma
tal que todo ciudadano es nacional
- Ello, ciertamente, sin perjuicio del
derecho de sufragio que reconoce
también a ciertos extranjeros.