TITULO 3 - DE LOS HABITANTES

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Mentefacto para el apoyo de la clase de constitución a cargo del docente Yesid
Omar Guerrero8306
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Omar Guerrero8306
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TITULO 3 - DE LOS HABITANTES
  1. componentes esenciales
    1. De la nacionalidad
      1. Artículo 96
        1. Son nacionales colombianos
          1. 1. Por nacimiento
            1. a) Los naturales de Colombia, que con una de dos condiciones: que el padre o la madre hayan sido naturales o nacionales colombianos.
              1. b) Los hijos de padre o madre colombianos que hubieren nacido en tierra extranjera y luego se domiciliaren en territorio colombiano o registraren en una oficina consular de la República.
                1. 2. Por adopción
                  1. a) Los extranjeros que soliciten y obtengan carta de naturalización, de acuerdo con la ley
                    1. c) Los miembros de los pueblos indígenas que comparten territorios fronterizos, con aplicación del principio de reciprocidad según tratados públicos.
                      1. b) Los Latinoamericanos y del Caribe por nacimiento domiciliados en Colombia, que con autorización del Gobierno y de acuerdo con la ley y el principio de reciprocidad,
              2. De la ciudadanía
                1. Artículo 98
                  1. La ciudadanía se pierde cuando se ha renunciado a la nacionalidad
                    1. Quienes hayan sido suspendidos en el ejercicio de la ciudadanía, podrán solicitar su rehabilitación.
                2. De los extranjeros
                  1. Artículo 100
                    1. Los extranjeros disfrutarán en Colombia de los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos.
                      1. No obstante, la ley podrá, por razones de orden público, subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de determinados derechos civiles a los extranjeros.
                3. Persona que vive en un lugar determinado y forma parte de la población.
                  1. la Constitución contempla los principios y normas básicas en materia de Nacionalidad y Ciudadanía
                    1. Del territorio
                      1. Por cuanto la primera de ellas es requisito esencial de la segunda, de forma tal que todo ciudadano es nacional
                        1. Ello, ciertamente, sin perjuicio del derecho de sufragio que reconoce también a ciertos extranjeros.
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